Luego de haber recogido alrededor de 300.000 firmas de respaldo a un proyecto de reformas constitucionales, proyecto que, a su vez, había obtenido un dictamen favorable de la Corte Constitucional, los asambleístas pretenden ahora impedir que ese proyecto sea sometido a un referéndum popular para aprobarlo. Así de simple. La parte del proyecto que no les gusta es la relativa al Poder Legislativo. (Vaya coincidencia…). Ya han anunciado que esa parte no sería puesta a consideración de la ciudadanía. En otras palabras, ellos que son tan inteligentes, sabios y patriotas han resuelto que los ecuatorianos no podemos opinar sobre ese asunto. ¿Habrán leído los asambleístas el segundo párrafo del art. 1 de la Constitución que dice que “La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución”? ¿Lo entenderán? El poder soberano (“fundamento de la autoridad”) se expresa o a través de órganos constituidos, como es la Asamblea, por ejemplo, o a través de “formas de participación directa”, que es precisamente el caso del mencionado proyecto de reformas. Dicho proyecto no es el resultado de un proceso de reforma que nace de un órgano público, sino que se origina en la ciudadanía. No se trata de un proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al que la Asamblea puede quitarle y ponerle artículos a su antojo antes de aprobarlo. A quien toca decidir si esas reformas son convenientes o no es a nosotros, a los ciudadanos. Mientras la Corte Constitucional ya ha emitido un juicio de constitucionalidad sobre el proyecto, ahora a los ciudadanos nos corresponde decidir si es conveniente. Y si los asambleístas no han leído el art. 1 de la Constitución, probablemente no han leído tampoco el art. 442 que limita la acción de la Asamblea a debatir simplemente el proyecto y a aprobarlo, para que sea el pueblo el que decida. Si los asambleístas desean reformar la Constitución, son libres de hacerlo. Para ello tienen que seguir un procedimiento diferente. Pero lo que no les permite la Constitución es modificar un proyecto que nace de iniciativa popular. ¿De qué sirvieron entonces los 300.000 ecuatorianos que apoyaron el proyecto si unos cuantos asambleístas pueden impedir que vaya a un referéndum una parte de él porque simplemente no les gusta? ¿Cuál es el sentido entonces de la participación directa y del requisito de recoger firmas para activar un petitorio de referéndum, si los asambleístas pueden simplemente bloquear esa iniciativa porque no les gusta?

Pero ¿por qué les tienen tanto miedo a las reformas? ¿Será acaso porque el proyecto plantea, entre otras cosas, reducir el número de asambleístas, eliminar a los “asambleístas alternos”, reasignar más eficientemente las actividades de la legislatura en dos cámaras, y que una de ellas –la del Senado– se componga de 30 personas elegidas de listas nacionales? Si estas reformas las consideran inconvenientes, pues, voten en contra de ellas en el referéndum. Pero no amordacen a los ciudadanos. ¿No han caído en cuenta todavía de todo el daño que le han hecho al Ecuador con su corrupción y mediocridad para venir ahora a hacer gala de una falsa superioridad que raya en la soberbia? (O)