En menos de dos años, Ferdinan Álvarez Zambrano pasó de ser un legislador del correísmo poco conocido a figurar como vocero y coordinador suplente del movimiento oficialista Acción Democrático Nacional (ADN) y hasta presidir una de las comisiones legislativas más apetecidas por el poder político que tiene.

Álvarez fue elegido la noche de este 16 de mayo como presidente de la Comisión de Fiscalización y Control Político de la Asamblea.

El pleno del Parlamento aprobó la integración de las quince mesas legislativas especializadas permanentes con 78 votos.

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Álvarez es abogado graduado en la Universidad de Guayaquil (2012) y magíster en Derecho Procesal por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil (2019).

Inició su carrera política en el correísmo. En el 2017, durante la presidencia de Lenín Moreno, fue asesor del despacho ministerial del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES); y en ese mismo año fue director general del Instituto Nacional de Economía Popular Solidaria.

En el 2021 ganó una curul por Guayas con lo que en ese momento fue la alianza Unidos por la Esperanza, que cobijaba al correísmo. Fue presidente de la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social hasta la disolución del Parlamento por efectos de la muerte cruzada que decretó Guillermo Lasso.

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En lo comicios anticipados del 2023, Álvarez fue reelecto como asambleísta de Guayas por la Revolución Ciudadana, pero luego de un conflicto que tuvo con el exvicepresidente Jorge Glas que involucraba a su pareja sentimental, Soledad Padilla, se desafilió del movimiento y luego de ser independiente se alineó al oficialismo, que cobijó su candidatura para este 2025.

Álvarez fue registrado como ADN como coordinador suplente de su bancada, la principal es Valentina Centeno.

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La vicepresidencia de la comisión recayó sobre su coidearia Nathaly Morillo.

La Comisión de Fiscalización y Control Político es la encargada del trámite de juicios políticos, pedidos ciudadanos de fiscalización y casos asignados por el pleno, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa. (I)