El Partido Social Cristiano (PSC) alertó que con la intención del presidente Daniel Noboa de convocar a una asamblea constituyente, sin un control previo de la Corte Constitucional (CC), se estaría generando una “ruptura del orden constitucional”.
A través de un comunicado, emitido la noche de este viernes, 19 de septiembre de 2025, el PSC sostuvo que lo actuado por el presidente de la República “carece de eficacia jurídica y por tanto los resultados serían nulos”, ya que se estaría vulnerando la Constitución.
“La acción mediante la cual el presidente de la República envió al Consejo Nacional Electoral (CNE) su intención de convocar a consulta popular al pueblo, evitando el control previo de la Corte Constitucional, vulnera lo dispuesto en los artículos 104, 4382 y 443 de la Constitución de la República, así como también el artículo 102 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; y el artículo 104 del Código de la Democracia”, dicta la misiva.
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🔴 #COMUNICADO | RUPTURA DEL ORDEN CONSTITUCIONAL pic.twitter.com/W7n05ZENFv
— La6 y Aliados 🇪🇨 | Partido Social Cristiano (@La6Ecuador) September 20, 2025
El partido político, además, aclaró que Noboa tiene el derecho constitucional de consultar al pueblo lo que a su juicio considere necesario, sin embargo, este derecho debe ejercerse dentro de los límites que la Constitución y las leyes correspondientes lo establecen.
“Los ecuatorianos podemos discrepar sobre cualquier tema, pero en lo que jamás podemos tener diferencias y por el contrario debemos coincidir, es en el respeto absoluto a la institucionalidad y a nuestro ordenamiento jurídico”, finaliza el PSC.
Este viernes, a través del Decreto Ejecutivo n.º 148, Daniel Noboa envió al CNE la pregunta de consulta popular para convocar a una asamblea constituyente, que dice:
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¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?
El mandatario envió el planteamiento sin un dictamen previo de la CC, aunque dice que se ampara en el artículo 444 de la Constitución de la República.
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En contra de este decreto ingresaron al menos cuatro demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional; mientras que el CNE se prepara para sesionar a las 08:00 de este sábado, 20 de septiembre de 2025, para conocer esta y dos preguntas más de la consulta popular y el referéndum que el Ejecutivo pretende realizar el 30 de noviembre. (I)