El mismo día que un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó el habeas corpus solicitado por el exasambleísta socialcristiano Pablo Muentes para que quede insubsistente el traslado de la denominada Cárcel 4 de Quito a la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, la defensa del exlegislador apeló el “inmotivado traslado” del que fue objeto su cliente ante la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias con sede en Guayaquil.

La tarde del 19 de agosto pasado, los jueces nacionales Adrián Rojas (ponente), Rita Bravo y Pablo Loaiza, luego de escuchar a las partes procesales, decidieron de forma unánime rechazar el habeas corpus solicitado por Muentes, quien fue sentenciado a trece años de cárcel por el delito de delincuencia organizada en el caso Purga.

Exasambleísta Pablo Muentes, sentenciado en el caso Purga, durante la audiencia de ‘habeas corpus’.

El argumento de los magistrados fue que no se puede disponer el traslado de un privado de la libertad a un centro penitenciario a través de una acción constitucional como el habeas corpus, sino que esa es una competencia exclusiva del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de Libertad (SNAI). Para el tribunal, ordenar un cambio de centro de privación de la libertad no forma parte de la naturaleza jurídica del habeas corpus.

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Para la noche de ese mismo 19 de agosto, Diego Chimbo, como abogado de Muentes, ingresó un escrito en el que asegura que la seguridad, la vida y la integridad personal de su cliente corren un peligro inminente en el Centro de Rehabilitación Social Guayas 3, conocido como La Roca, y por ello interponía la “apelación judicial al inmotivado traslado”, solicitando, además, que mediante resolución judicial se lo deje sin efecto y se disponga su inmediato retorno a la Cárcel 4 de Quito.

En el inicio del escrito se dan los datos personales de Muentes y se señala que actualmente se encuentra privado de la libertad en el Centro de Rehabilitación Social Regional Cotopaxi, en el área transitoria.

Pablo Muentes fue trasladado de la Cárcel 4, en Quito, a La Roca, en Guayaquil, el 5 de agosto pasado, debido a una alerta de amenaza contra la integridad del exlegislador. Chimbo catalogó la medida adoptada por los funcionarios del SNAI como arbitraria y que violenta la decisión dada por el Tribunal de Juzgamiento del caso Purga, en el que no solo se habría definido una condena de trece años y cuatro meses de cárcel como líder de la organización investigada, sino que se dispuso que Pablo Muentes y otros procesados cumplan su pena en la Cárcel 4.

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En la audiencia de habeas corpus, Gustavo Espín, abogado del SNAI, defendió el traslado asegurando que existió una alerta del área de inteligencia penitenciaria ante la posibilidad de que se atente contra la integridad física y psicológica de Muertes y también del aún asambleísta Santiago Díaz Asque, exintegrante del movimiento de la Revolución Ciudadana (RC) procesado por el delito de violación.

Asambleísta Santiago Díaz, investigado por presunta violación, y Pablo Muentes, sentenciado en el caso Purga, fueron trasladados a La Roca.

Dijo Espín que para garantizar la seguridad de ambos se decidió llevarlos el 5 de agosto pasado a La Roca, lugar que contaría con mayor vigilancia y controles de las Fuerzas Armadas.

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La defensa de Muentes no cree lo mismo. Recordó que en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en noviembre de 2024, se produjo un atentado directo contra el exasambleísta, hecho por el cual existiría una denuncia y una investigación previa. Para Chimbo, la Cárcel 4 es el único centro de privación de libertad (CPL) en el país que presta las garantías para la seguridad, la vida e integridad de Muentes.

“Responsabilizamos desde ya al SNAI por lo que pueda ocurrirme, debiendo disponerse adicionalmente al SNAI la prohibición de ser trasladado en lo sucesivo a cualquier otro CPL, mientras el suscrito permanezca detenido”, se aclara en el escrito ingresado.

Luego del sorteo de ley, el conocimiento del caso recayó sobre el juez de Garantías Penitenciarias de Guayaquil José Macías Flores. (I)