En el concurso público para la designación de dos vocales principales y suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE), otros 16 aspirantes fueron admitidos por la comisión ciudadana de selección que, aplicando un principio de eficacia, subsanó documentos que les faltaban y otros que están pendientes por entregar y aun así se aprobó su participación. Sin cerrar esta etapa, este 12 de mayo se inició la calificación de los méritos de unos 160 participantes admitidos.

Para este concurso de méritos, oposición e impugnación ciudadana se inscribieron 182 personas, de las que 149 habían cumplido con los requisitos constitucionales y legales para continuar en el proceso, según consta en el informe de admisibilidad que aprobó la comisión ciudadana el 25 de abril de 2023.

De dicho informe se desprendió que 31 personas fueron inadmitidas porque incumplían con los requerimientos formales para participar de este proceso, entre ellas, que constan como afiliados a movimientos políticos; que no presentaron sus documentos con base en los formatos aprobados por la comisión ciudadana; no presentaron los certificados de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE); de certificados de experiencia laboral, entre otros.

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Como parte de la etapa de reconsideración de la inadmisión, los comisionados resolvieron sobre 16 solicitudes interpuestas por los concursantes.

El 8 de mayo último, con siete votos a favor y dos abstenciones de comisionados ciudadanos se aprobó el informe de reconsideración de la admisibilidad que dio paso a la participación de 16 personas que en su postulación no completaron la entrega de los certificados que acrediten el cumplimiento de requisitos y no estén incursos en inhabilidades.

Antes de proceder con esta acción, el presidente de la comisión, Roberto Bhrunis, exjuez de la Corte Constitucional que funcionó en el gobierno de Rafael Correa, solicitó al pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) le aclare si en la etapa de reconsideración de la admisibilidad “pueden recibir o receptar” documentos que entreguen los concursantes y, si se puede admitir los documentos que se soliciten a las entidades públicas para subsanar omisiones en las que hayan incurrido los inscritos.

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El pleno respondió que la comisión tiene la obligación de aplicar el principio de eficacia, únicamente en la etapa de admisibilidad (respecto de los documentos solicitados a entidades públicas), con el fin de no descalificar a los postulantes por omisiones o falta de presentación de certificados, como lo establece el artículo 26 del reglamento.

Sin embargo, en esta etapa de reconsideración de la admisibilidad, la comisión habría acogido el principio de eficacia para requerir documentación a las entidades estatales para constatar que los postulantes no incurran en prohibiciones e inhabilidades.

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El reglamento en su artículo 26 determina que el principio de eficacia para la verificación de documentos se aplicará “únicamente en la etapa de admisibilidad, de tal forma que no se descalificará a ciudadanos por simples omisiones de forma o, falta de presentación de certificados que puedan ser subsanadas por las verificaciones en las bases de datos públicos que efectúa la comisión”.

Por ello, la consejera Graciela Mora se pronunció en contra de esta consulta y pidió que se declare “improcedente”, pues el reglamento determina que “toda documentación entregada por los postulantes fuera del plazo correspondiente se considerará como no presentada”, además alertó que no constaba el acta de una sesión en la que, la comisión ciudadana haya aprobado hacer esta consulta y, al contrario, la había planteado Bhrunis por ser el presidente.

Bajo ese contexto, se admitieron a concursantes que no habían cumplido con la entrega de certificados obligatorios contemplados en el artículo 22 del reglamento.

Como, por ejemplo, no entregaron los documentos de no constar en la base de datos de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE); el de no haber ejercido una dignidad de elección popular o haber sido miembro de la directiva de un partido o movimiento político en los cinco años anteriores a la convocatoria al concurso otorgado por el Consejo Nacional Electoral.

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Otro emitido por el Tribunal Contencioso Electoral de no tener sentencia ejecutoriada por alguna infracción tipificada en el Código de la Democracia.

Tampoco presentaron los certificados de no tener responsabilidades o cauciones que da la Contraloría General del Estado, el de no mantener contratos vigentes con el Estado del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).

Un concursante no presentó el certificado del CNE porque la página web del organismo no estaba disponible para obtenerlo, por lo que en su pedido de reconsideración pidió que la comisión ciudadana lo solicite. La comisión atendió la argumentación y solicitó esa información al CNE y lo admitieron.

Otro postulante fue inadmitido, pese a que no presentó su certificado de la UAFE. Solicitó la reconsideración fuera del plazo, pero los comisionados aplicando el principio de ‘eficacia’ solicitaron la información a ese organismo y lo admitieron.

Otro hecho es que se admitió a Jorge Aguirre, Ana Marcela Paredes (exvocal del CNE), Augusto Pino, Karla Longo y Rubén Andrade, pese a que, hasta ese 8 de mayo, no se confirmaba la entrega de documentos obligatorios que no constaban en sus expedientes.

Sin embargo, los comisionados decidieron que pasen a la etapa de calificación de méritos, pues han solicitado la información a las instituciones y hasta recibir las respuestas oficiales, estos participantes “pasan a ser admitidos” y con ello a que se les califique sus méritos.

Este informe se aprobó con siete votos a favor y dos abstenciones de los comisionados Javier Velecela y Jhon Jairo Silva.

Este cuerpo colegiado se inició este 12 de mayo con la etapa de calificación de méritos, que debe realizarse en los siguientes diez días, aunque están a la espera la confirmación de la documentación de estos cinco postulantes.

De forma paralela, preparan los procedimientos para organizar el acto en el que se tomará el examen escrito y práctico a los postulantes que sean finalmente admitidos por la comisión ciudadana. (I)