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Juez de Durán asegura que enfrenta ‘sicariato judicial’ en el caso de Seguros Sucre

El magistrado, que formó parte del tribunal que sentenció a diez años de prisión al exgerente de Seguros Sucre, enfrenta sumario administrativo.

Abraham Cheing, juez del Tribunal de Garantías Penales de Durán, habla de 'canallada' en su contra, en caso Seguros Sucre. Foto: Archivo

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El juez Abraham Cheing integró el tribunal de Durán que, tras revisar un proceso de 10.000 páginas, sentenció a diez años de prisión a José Luis Romo Rosales Castillo, exgerente de Seguros Sucre, y a su esposa, Verónica Haro, por el delito de lavado de activos. El fallo también dispuso una multa que supera el millón de dólares, porque duplica el valor de lo determinado por la Fiscalía en lavado de activos. La defensa de los acusados argumentó que la sentencia escrita no se emitió en los diez días que señala la ley y presentó recursos que lograron la libertad de los detenidos. Ahora se inició un sumario administrativo contra los jueces.

¿Cómo se enteró de que era parte del tribunal que llevó ese caso?

A finales de febrero de 2021 fui abordado por el abogado Joaquín Flor Morla (defensor del exgerente de Seguros Sucre y de su esposa). Me hace conocer que era integrante del Tribunal de Garantías Penales de Durán en el caso de Seguros Sucre.

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Usted no sabía hasta ese momento que estaba integrando ese proceso, ¿él le dio a conocer?

No, no, no sabía, porque tome en cuenta que cada juicio llega al juez ponente y el juez ponente se integra con dos jueces más en el tribunal, somos tres. Para mí fue una sorpresa saber que estaba integrando un proceso de Seguros Sucre, y me enteraba en ese momento.

Ese día, ¿qué le dijo?

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Me hizo una historia rápida de lo que se trataba el caso, que era del exgerente de Seguros Sucre, que estaba con su esposa, Verónica Haro, y que estaban investigados por lavado de activos.

Pero está prohibido que una de las partes hable con los jueces.

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SÍ, no está bien. No es correcto, es prohibido, usualmente son encuentros casuales o a veces buscan a un amigo para tener un acercamiento con el juez.

¿Cuáles fueron los argumentos jurídicos y la decisión del tribunal?

Fue una investigación que inició la Fiscalía en Quito. Compareció la fiscal Ivonne Proaño y presentó pruebas documentales y una lista de testigos bastante extensa, y se demostró la responsabilidad del exgerente de Seguros Sucre y de su esposa en el delito de lavado de activos, por eso tuvieron una pena de diez años. Fue una decisión con votos de mayoría de los jueces, Manuel Armas y Abraham Cheing, y el voto salvado de la jueza ponente, quien decidió la inocencia.

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¿Cuál es el perjuicio en este caso?

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El exgerente de Seguros Sucre de un momento a otro, bajo transacciones en bancos del extranjero, compra una propiedad en la vía a Samborondón, luego él realiza una promesa de venta notarial a una constructora para comprar un departamento en Salinas, compra una camioneta Ford 150, no recuerdo el año, súmele viajes al extranjero, gastos en tiendas de Estados Unidos. No va de acuerdo a lo que una persona genera mensualmente.

¿No tenía empresas, herencias, para justificar?

Lo que ellos acreditaron dentro del proceso o al menos intentaron justificar es que la señora tenía un negocio de venta de perros golden retriever. También que tenían venta de joyas, pero si realmente tengo la venta de perros, digamos que es un negocio informal, necesita un veterinario, facturas de gastos de alimentación, todo eso tiene que contrastarse. Aun así, no justificaba.

Luego de la sentencia oral, ¿qué ocurrió?

Cuando una persona no tiene sentencia ejecutoriada dentro de un año, como en este caso, se caduca la prisión preventiva. Como tribunal, no ordenamos ninguna prisión, eso lo ordenó el juez de primer nivel. Lo que se buscaba era realizar la audiencia para evitar la caducidad (...). Y aquí viene la particularidad, el doctor Joaquín Flor Morla solicitó que el señor Romo y la señora Haro deben estar personalmente en la sala de audiencia, no por videoconferencia desde el centro penitenciario, lo cual se le concedió. Luego se habían señalado varias fechas de audiencia y en una fecha el doctor Flor dijo: ‘Yo no puedo ir en esas fechas, porque tengo que ir a ponerme la vacuna’. Y el Tribunal le concedió viajar a Estados Unidos para vacunarse, se puso de pie en la audiencia, se pusieron de pie sus clientes, y dijo que daba su palabra de que no reclamaría la caducidad de prisión preventiva; sin embargo, el ardid es que no se puede renunciar a esas garantías fundamentales, porque son derechos irrenunciables.

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Luego reclamaron la caducidad de la prisión preventiva.

La ley contempla la suspensión de los plazos de caducidad cuando una de las partes detiene la marcha normal del proceso. Y eso fue lo que sucedió, lo cual fue aceptado por el doctor Flor y por sus defendidos. Cuando termina la audiencia hay un veredicto oral, que debe emitirse de manera fundamentada en diez días, es decir, la sentencia escrita. El abogado Flor presenta, en ese ir y venir, una acción de habeas corpus, una figura para aquellas personas que están ilegalmente detenidas. Afortunadamente, los jueces negaron el habeas corpus y el doctor Flor Morla apeló esa decisión.

Él apeló ante la corte nacional.

Sí, y ahí empieza esta sorpresiva e inaudita decisión de la Sala Laboral (integrada por los jueces Enma Tapia Rivera y Alejandro Magno Arteaga García). Hay un voto salvado de la magistrada Katherine Muñoz Subía, que niega la apelación.

¿Aceptaron el ‘habeas corpus’?

Sí, sin convocar a nadie (jueces, Fiscalía, Procuraduría). No tuvieron ese criterio de por lo menos escuchar a la Fiscalía, a mí como juez de tribunal para explicar que de ninguna manera existe una actuación dolosa, de retrasar la emisión de la sentencia escrita. En diez días es imposible, estamos hablando de un proceso que tiene más de 100 cuerpos, más de 10.000 folios.

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Luego que la Sala concede el ‘habeas corpus’ y da la libertad a los detenidos, ¿qué pasó?

Estos jueces deciden oficiar al Consejo de la Judicatura para abrir un sumario administrativo en contra de los tres jueces penales del tribunal de Durán.

¿Ya se dio?

Se inició ya, se abrió un término de prueba, tuve que dar una versión al control disciplinario, presentar descargos, tuve que presentar jurisprudencia, en el sentido de que la misma Corte Nacional ha negado habeas corpus en casos cuando hay un veredicto oral y se espera la sentencia escrita. Eso no se trata de demorarme un año, no, sino un tiempo en que uno pueda realmente argumentar.

¿Cuánto tiempo le tomó hacer la sentencia?

No sé si fueron 60, 65 días, talvez un poco más, pero debe ser dentro de un tiempo razonable.

¿Por qué dice que se está cometiendo contra usted un sicariato judicial?

Es una palabra que yo he creado, una frase que yo he invocado. El juez no debe estar en esta situación. Ellos (los abogados) se dan cuenta de que ‘está complicado’ (convencer al juez). ¿Qué les toca?, atacar al juez, que es lo que a mí me está pasando. Me gustaría que esto se sepa, que los vocales del Consejo de la Judicatura conozcan esto. No se trata de que el Consejo de la Judicatura sancione a un funcionario, no es solo eso, sino también de proteger, de cuidar que los buenos jueces, buenos funcionarios que hacen su trabajo de manera legal, sean protegidos, que no sean expuestos a esta canallada de tener que responder a un sumario administrativo. (I)

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