El exvicepresidente Jorge Glas y otras seis personas acusadas de delito de peculado dentro del denominado caso Singue conocerán este 29 de agosto si un tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) confirma la sentencia de culpabilidad de primera instancia o da paso a la apelación planteada bajo el argumento de que no existe ni delito ni afectación económica al Estado en esta causa.

La reinstalación de esta audiencia llega a un mes de que los jueces Luis Rivera, Daniella Camacho y Felipe Córdova suspendieron la diligencia e ingresaron a deliberar los argumentos entregados a favor y en contra de la apelación propuesta por Glas, el exministro y exviceministro de Hidrocarburos Wilson Pástor y Carlos Pareja Yannuzzelli, respectivamente; César Guerra, gerente del consorcio al que se le entregó la operación del campo Singue; y los exfuncionarios públicos Aníbal Cazar, Gustavo Donoso y José Burgos.

Defensa de Jorge Glas asegura que él sufre un ‘secuestro institucional y político’; instancias del Estado insisten en que al exvicepresidente no se le han violado derechos

Esta es la tercera audiencia de apelación que enfrentará el hombre fuerte de los sectores estratégicos del gobierno de Rafael Correa, quien en menos de dos meses cumplirá cinco años detenido. La diligencia está definida para las 09:45 en la CNJ.

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Glas mantiene dos sentencias en firme por actos de corrupción: seis años de cárcel por el delito de asociación ilícita relacionado con la trama de corrupción de Odebrecht y ocho años de prisión por el delito de cohecho pasivo agravado en el denominado caso Sobornos 2012-2016.

Desde el 21 de mayo pasado Glas está en la Cárcel 4, en Quito. El traslado se dio luego que en la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena, por unanimidad, un tribunal de apelación declaró nulo un habeas corpus que inicialmente lo benefició y por el que dejó el Centro de Privación de la Libertad (CPL) Cotopaxi por 40 días.

A estas penas se le suma el fallo en primera instancia del caso Singue, en el cual Glas, Pareja Yannuzzelli, Pástor y Guerra recibieron una pena de ocho años de cárcel como coautores de un peculado que se cometió al adjudicar el contrato de exploración y explotación del campo marginal Singue, entregado al consorcio Dygoil Consultora y Servicios Petroleros Cía. Ltda. y a la firma Gente Oil Development LLC (DGC).

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La Fiscalía asegura que el perjuicio al Estado se habría producido al fijar un precio de $ 33,5 por barril, cifra que, dijo, no tomó en cuenta el 100 % de las reservas probadas de hidrocarburo para el campo petrolero Singue.

En vereda contraria, el abogado de Jorge Glas, Édison Loaiza, defiende la tesis de que en este caso no existe el delito de peculado. Principalmente lo hace porque desde su perspectiva jamás ha existido perjuicio contra el Estado dentro del contrato de prestación de servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos del bloque Singue e incluso señala que hasta el momento se mantiene operando con beneficios económicos para el Estado ecuatoriano por parte de la empresa Dygoil.

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La situación legal del caso Singue se ha transformado en la mayor traba para que Glas acceda al beneficio penitenciario de la prelibertad. En dos ocasiones, jueces de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi le han negado los pedidos de unificación de penas, argumentando que son “improcedentes” mientras el exvicepresidente mantenga dos sentencias en firme y tenga pendiente una sentencia que no se encuentre ejecutoriada.

La audiencia de apelación del 'habeas corpus' entregado a Christian Araujo y que terminó extendiéndose el beneficio al exvicepresidente Jorge Glas y Daniel Salcedo estuvo dirigida por el juez Hugo Velásco (c), presidente del Tribunal de Apelación de Manabí. Foto Cortesía

Loaiza asegura que Jorge Glas debió haber obtenido el beneficio penitenciario de prelibertad hace 20 meses y no se lo ha cumplido. Según él, de haberse unificado las penas, el que formó binomio con Rafael Correa debió haber salido bajo el régimen de prelibertad al cumplir el 40 % de la pena más alta, es decir, ocho años. Se pide la prelibertad y no el régimen semiabierto, porque se alega que Glas fue sentenciado con el Código Penal y no con el Código Orgánico Integral Penal.

Glas permanece detenido desde octubre de 2017. Primero estuvo en la denominada Cárcel 4, en el norte de Quito; luego fue llevado al CPL Cotopaxi; salió de la cárcel por un mes y diez días debido al habeas corpus del hoy exjuez Diego Moscoso; fue regresado al Centro de Latacunga por horas en mayo pasado después de que se declaró nulo todo lo actuado por Moscoso; y finalmente fue internado en la Cárcel 4.

El 17 de agosto pasado, durante la audiencia de apelación a la negativa que recibió el habeas corpus pedido a favor de Jorge Glas por la correísta Nicole Malavé, el exvicepresidente habló por casi 25 minutos básicamente de la calamitosa situación de salud que mantiene. Dos días después de esa diligencia el recurso constitucional finalmente le fue negado por el Tribunal de Apelación de Pichincha.

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En segunda instancia Jorge Glas vuelve a recibir una negativa al ‘habeas corpus’ solicitado a su favor; el exvicepresidente seguirá en la Cárcel 4

En su intervención resaltó que el 14 de diciembre de 2020 cumplió el 40 % de la pena para así acceder al régimen de prelibertad. Aclaró que no ha podido tener este beneficio penitenciario pese a que en su expediente constan los certificados de buena conducta o los certificados de sus estudios realizados en prisión: dos maestrías aprobadas en una universidad española, una maestría en curso, otra maestría en propedéutico, un Ph. D. y un año y medio de estudio de Biblia hebrea en una institución israelí.

El viernes último Jorge Glas recibió una nueva negativa. Un Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí declaró nulo todo lo actuado por el ahora suspendido juez de Portoviejo, Banny Molina, por falta de competencia en relación al territorio. La decisión no solo afecta a Glas, sino también a los privados de la libertad Christian Araujo y Daniel Salcedo Bonilla. Las boletas de excarcelación que favorecían a Glas, Araujo y Salcedo quedaron anuladas luego de la decisión de los jueces de Manabí.

Independientemente de la decisión que adopte el Tribunal de Apelación de la Corte Nacional respecto al caso Singue, la casación es una etapa que será inevitable. Esto debido a que si los jueces declaran inocente a Glas, Fiscalía, Procuraduría General y Petroecuador apelarían la decisión y, obviamente, de ser al contrario, es decir, que se confirme la sentencia condenatoria contra Glas, su defensa apelará.

Solo una vez que el caso haya llegado a la fase de casación y se emita una resolución, sea a favor o en contra del exvicepresidente, la causa tendrá un fallo en firme y empezará la ejecución de este.

Como parte de la sentencia, a los siete condenados se les ordenó ofrecer disculpas públicas, publicar la sentencia en tres diarios de circulación nacional y de forma proporcional, según su nivel de participación, deberán pagar $ 5 millones como reparación al Estado, pues sería el total del perjuicio causado a través del delito de peculado. (I)