A tres días de la clausura del actual periodo legislativo, la Asamblea Nacional con 107 votos a favor censuró y destituyó del cargo al asambleísta Fabricio Villamar Jácome, por la obtención, uso y abuso de su carné de discapacidad de forma irregular, y queda inhabilitado por dos años para ejercer un cargo público.

La destitución la impulsó el asambleísta Rodrigo Collaguazo (ex-AP) ante el Comité de Ética, tras acoger una resolución del pleno de la Asamblea Nacional del 23 de marzo pasado, al conocerse el informe sobre la investigación realizado por la Comisión de Salud respecto a la entrega y obtención irregular de carnés de discapacidad que involucraría a legisladores.

Asambleísta Rodrigo Collaguazo impulsó denuncia contra Fabricio Villamar por obtención irregular del carné de discapacidad

El legislador acusado intentó bloquear que el pleno conozca el informe de la Comisión a través de una acción de protección que fue concedida el fin de semana por un juez de la unidad de flagrancia de Quitumbe, pero el pleno con 98 votos la rechazó y consideró que era extemporánea e inejecutable. Además, ordenó que se pida al Consejo de la Judicatura una sanción al juez, porque se trataría de una intromisión.

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En la sesión del pleno de este 13 de mayo, tras la lectura del informe del Comité de Ética que recomendó la destitución de Villamar, el asambleísta acusado intervino, dijo que se trataba de una vendetta, se despidió de sus colegas, pero no explicó cómo obtuvo en el 2019 el carné de discapacidad; pero sí dijo que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) señaló que mientras el carné sea válido y esté ahí, ningún error se ha cometido.

Villamar dijo que su comparecencia no tiene ningún efecto respecto a la nulidad del acto que ha ocasionado la negativa del Presidente de la Asamblea Nacional de acatar una disposición judicial.

Cuestionó al Comité pues aseguró que era imparcial debido a que una de las legisladoras, Patricia Henríquez (PSC), formó parte de la Comisión de Salud que presentó el informe recomendando la investigación. Y que el legislador, Hermuy Calle (RC), como miembro del Comité de Ética no goza de imparcialidad, porque fue Villamar quien pidió al Consejo de Administración Legislativa (CAL), dar cumplimiento al pedido de la Contraloría del Estado de destituir al asambleísta por haber utilizado las instalaciones de una universidad pública de Chimborazo, para un acto político de la Revolución Ciudadana.

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Ante el pleno dijo que será destituido por colegas que tienen sentencias ejecutorias como el caso de Yofre Poma (RC), que fue sentenciado por haber cerrado los pozos petroleros en octubre de 2019.

Que es destituido por los asambleístas a quienes denunció por el caso de diezmos cuya investigación lleva dos años y medio en la Fiscalía; que votan por la destitución algunos colegas que están involucrados en el reparto de los hospitales; que votan por su destitución “los representantes de los choneros y de los Latin Kings”.

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Dijo que necesitaban un chivo expiatorio y que la enfrenta con una sonrisa a flor de piel porque se siente tranquilo de haber servido a los pichinchanos que cumplió con todo; que es el que más proyectos presentó; que es el que más casos de corrupción denunció, pero que no es culpable del desprestigio de la Asamblea.

Villamar al término de su exposición manifestó que la resolución no está motivada, que se incumple una orden judicial y que con la destitución le ahorran tres días “de vergüenza de pertenecer al Parlamento peor valorado que ha tenido la República”.

Defensa del Informe y debate

El asambleísta, Fernando Callejas (CREO), presidente del Comité de Ética, defendió el informe presentado a consideración del pleno y afirmó que el Ministerio de  Salud informó al Comité que del periodo 2017-2021, que de los 137 legisladores hay cuatro asambleístas que poseen un carné de discapacidad, de los cuales tres han obtenido el carné antes del 2017, y que uno fue obtenido en el 2019 y que se trata del asambleísta Fabricio Villamar (IND), y que ese carné habría sido entregado con inconsistencias, lo cual se configura la responsabilidad política y se configura la violación del artículo 163 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Que la Fiscalía General del Estado informó que está investigando la emisión fraudulenta de carnés de discapacidad, para lo cual inició 47 diligencias.

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Callejas señaló que el informe lo elaboraron de manera seria y responsable; por lo tanto, no acepta que se señale que el Comité de Ética está buscando un chivo expiatorio o que está actuando en base a rencillas o venganzas personales, o que dos de sus miembros tenían que excusarse porque iban a actuar de manera parcializada.

Cuestionó que el acusado en su defensa ante el pleno pretendió mancillar la honra de todos los asambleístas, lo cual no está bien, porque señalar que todos los asambleístas están involucrados en actos ilícitos, reprochables y censurados como haber estado involucrados en la administración de contratos.

Frente a la afirmación de Villamar, de que es un asambleísta que ha cumplido con Pichincha que es el que más leyes ha presentado y que más casos de corrupción ha denunciado, el legislador Callejas, lo felicitó porque esa es su obligación, pero le hizo notar que la actuación de un asambleísta no pasa solo por presentar leyes o denuncias de actos de corrupción, sino que pasa también por estar presente en el pleno y votar por las decisiones que toma, pues aseguró que el observatorio legislativo da cuenta que uno de los asambleístas que más ha faltado a las sesiones de la Asamblea es Fabricio Villamar.

Patricia Henríquez (PSC), manifestó que nunca respondió el asambleísta Villamar a los requerimientos de información sobre el informe presentado por el Ministerio de Salud, donde justifique que actuó con responsabilidad y transparencia al solicitar la emisión del carné de discapacidad, pero el Ministerio alertó de que hay inconsistencias al obtener el carné, y que eso está en investigación en la Fiscalía.

La asambleísta Mónica Alemán (RC), cuestionó la oportunidad en que se trata el tema, porque un año el acusado siguió gozando de un auto de lujo comprado sin pagar impuestos y aranceles, cuando hay muchos ecuatorianos no pueden acceder a ese derecho.

Alemán dijo que le hubiera gustado escuchar a Villamar si su carné de discapacidad es legítimo o no, pues durante su intervención la convirtió en una rendición de cuentas y acusó de manera generalizada a los legisladores.

Manifestó que el asambleísta investigado abusó de las condiciones afirmativas que no le correspondían. “Usted legislador Villamar se va por la puerta de atrás, en su carro de lujo, en el carro de la vergüenza y de la inmoralidad”, puntualizó.

Resolución

La resolución que destituyó al asambleísta, Fabricio Villamar, recibió 107 votos de 112 asambleístas presentes, hubo cinco abstenciones. El texto aprobado señala:

  • Aprobar el Informe del Comité de Ética en el que recomienda la destitución del asambleísta Pedro Fabricio Villamar Jácome quien habría incurrido en la causal No. 4 del artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, debiendo aplicar los incisos penúltimo y último del citado artículo.
  • Censurar y destituir al legislador Pedro Fabricio Villamar Jácome, por la obtención, uso y abuso de su carné de discapacidad de forma irregular, hechos que riñen con el correcto proceder de las y los asambleístas, por tratarse de actos que atentan a la ética, la fe pública, el bien común y que generan una innegable responsabilidad ética y política. De la misma forma, el funcionario en mención, queda inhabilitado para ejercer cargo público por dos años.
  • Exhortar a la Contraloría General del Estado y a la Fiscalía General del Estado para que concluyan las acciones administrativas y pre procesales iniciadas, a fin de que las instancias judiciales cuenten con los elementos de convicción suficientes para continuar con los procesos y de ser el caso, ejecuten las sanciones ejemplificadoras por la irregularidad en la emisión, obtención, uso y abuso de los carnés de discapacidad que afecta al interés colectivo y estatal
  • Notifíquese en legal y debida forma al funcionario censurado y destituido.
  • Remítase copia auténtica de la presente resolución al Registro Oficial a fin de que sea publicada. (I)