El pleno de la Asamblea Nacional tramitará en segundo y definitivo debate un paquete de reformas al Código de la Democracia, que, entre otros temas, plantea cambios en la realización de los debates presidenciales y en las multas para las infracciones electorales.
La presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, citó a sus colegas para las 06:00 de este martes, 6 de mayo. El tema está en el tercer punto del orden del día.
Publicidad
En el proyecto, que fue elaborado por la Comisión de Justicia, se plantean cambios en los debates presidenciales obligatorios.
Uno de ellos es que si bien están dirigidos a los candidatos a la primera magistratura, los vicepresidenciables podrán participar en el de la primera vuelta si el otro no puede hacerlo por un caso de fuerza mayor debidamente justificado y aceptado por el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), el cual debe pronunciarse hasta 48 horas después de presentada la excusa.
Publicidad
Asimismo, el proyecto propone que el debate en la segunda vuelta sea para el binomio, o sea, para ambos candidatos a la Presidencia y a la Vicepresidencia.
En los comicios generales de este año, las universidades organizaron un debate de aspirantes a la Vicepresidencia pese a que no era obligatorio. De los 16 aspirantes asistieron 14.
Otros cambios que propone la norma en discusión son las rebajas de las multas y de la suspensión de derechos en las infracciones electorales.
Así, por ejemplo, las infracciones leves ya no serán sancionadas con multas de entre uno y diez salarios básicos, sino de entre uno y cinco.
En el caso de las infracciones graves, estas se sancionarán con multas de cinco a diez salarios básicos y la suspensión de derechos políticos por seis meses. Actualmente, las multas van de 11 a 20 salarios básicos y la suspensión de derechos de seis a dos años.
Finalmente, para las sanciones muy graves se aplicarán multas de 10 a 50 salarios básicos y la suspensión de derechos por seis meses. Por el momento, las multas van de 21 a 70 salarios y la suspensión de dos a cuatro años.
También se indica en una de sus disposiciones transitorias que el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene que implementar el voto electrónico en un plazo de cuatro años, contados desde el inicio del año fiscal siguiente a la entrada en vigencia de la ley. (I)