Cifras de tres dígitos o de cuatro son la cantidad regular que suelen recibir los trabajadores a cambio de efectuar una actividad. Esto se lo define como el pago de un salario, que para el periodo actual ese básico unificado es de $ 470.

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El pasado 17 de diciembre de 2024, el Ministerio del Trabajo comunicó, a través del Acuerdo Ministerial MDT-2024-300, que el incremento era de $ 10. Alza que va de la mano con el aumento de varios valores, como horas extras, décimos, vacaciones, jornada nocturna, entre otros.

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Pero no todos ganan $ 470. Hay otros ciudadanos que perciben valores mensuales superiores como de $ 500, $ 550, $ 700 y más de $ 1.000. Estas cantidades cambian de acuerdo con la profesión que está establecida en la tabla sectorial. ¿Por qué?

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Karina Flores, docente de Derecho en la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), señala que la diferencia en la forma de remuneración laboral, específicamente entre el salario básico unificado (SBU) y las tablas sectoriales, responden a las particularidades de las actividades económicas y a la normativa laboral vigente.

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“El SBU, establecido anualmente por el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, es el monto mínimo que un empleador puede pagar a un trabajador, garantizando un ingreso básico para la subsistencia. Este salario aplica principalmente a actividades que no cuentan con una regulación específica, sirviendo como un estándar mínimo para asegurar condiciones laborales dignas en sectores no especializados”, explica Flores.

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Por ejemplo, un trabajador industrial y un obrero artesanal ganan entre $ 470,06 y $ 480,28. Hay otros casos como trabajadores de textiles, cuero y calzado, ayudante general, de bodega, de máquinas que les pagan hasta $ 470,49. Así consta en el listado de los salarios mínimos definidos para 2025.

Más ejemplos:

  • Descarnador, hasta $ 470,95.
  • Planchador de cuero, hasta $ 470,95.
  • Sopleteador, hasta $ 470,95.
  • Composturero, hasta $ 470,95.
  • Agente de reservaciones, hasta $ 480,34.
  • Asistente de estadísticas, hasta $ 480,34.
  • Bodeguero de repuestos aeronáuticos, hasta $ 480,34.
  • Cajero / pagador aéreo, hasta $ 480,34.
  • Asistente administrativa aeroportuaria, hasta $ 480,34.
  • Entrega-recepción de carga aérea, hasta $ 480,34.

Mientras que el salario mínimo sectorial, afirma Flores, establece estructuras salariales específicas para profesiones y sectores económicos particulares, tomando en cuenta factores como el nivel de especialización, tecnicismo y los riesgos asociados.

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“Estas tablas se aplican en sectores que requieren estándares específicos de remuneración, como la minería, el petróleo o las telecomunicaciones, donde las exigencias y las competencias demandadas superan a las básicas. De este modo, es lógico que comisiones sectoriales especializadas en cada actividad sean las encargadas de fijar la remuneración mínima”, señala Flores.

Por ejemplo, un programador júnior de software, que debe tener estudios en ingeniería en Software, percibe hasta $ 500,80. Una jefatura de factores humanos tiene un máximo de $ 630,80 y requiere conocimientos en administración.

Más casos:

  • Trabajadora social, agente de ventas corporativos, analistas financieros, hasta $ 841,23.
  • El gestor de cobranza, asistentes financieros y administrativos, hasta $ 841,23.
  • Abogado, ingeniero de seguridad informática, supervisor, coordinador, ingeniero de soporte de negocios, ingeniero de procesos, hasta $ 1.101,27.
  • Jefes de ventas y servicio de telefonía móvil, de mercadeo, hasta $ 1.599,61.
  • Jefes de telecomunicaciones de telefonía móvil, hasta $ 2.121,16.

Según Flores, el salario básico y las tablas sectoriales protegen a los trabajadores menos especializados con un ingreso mínimo ($ 470), por otro lado reconoce los riesgos, especialización y particularidades de ciertas actividades económicas (ingresos superiores a $ 470).

‘Todos pueden ganar $ 470’

La abogada laboral Vannessa Velásquez asegura que, en muchas ocasiones, no depende de la profesión o de la actividad para ganar un bajo o alto salario sino que los colaboradores son registrados como “trabajador en general” por el empleador.

“Que no tiene especificado un cargo. Cuando los trabajadores ganan el salario básico es cuando están ingresados en sus contratos como trabajadores en general”, dice Velásquez.

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¿Qué significa? La especialista pone varios ejemplos. Si se trata de un abogado, debería percibir, según los sectoriales, un sueldo de hasta $ 1.101,27, pero si está registrado como trabajador en general, ganaría $ 470 al mes.

Otro ejemplo es un estibador de cajas de congelación, tolvero, clasificación, glaseadoras de cajas, escurridoras de cajas, cajeteras, empaquetamiento o descabezado, a quien pueden pagarle hasta $ 479,02. Si fue registrado como trabajador en general, su sueldo es de $ 470 mensuales y no de $ 479,02.

La abogada aconseja a los trabajadores leer bien antes de firmar un contrato y, en el caso de que no les estén pagando según los mínimos sectoriales, pedir que un inspector del Ministerio del Trabajo revise su caso. (I)

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