Jenny V. estaba en una fiesta en el sector de La Colombia alta, en la parroquia San José del Tambo del cantón Chillanes, en la provincia de Bolívar. Ella estaba en una reunión familiar cuando -de forma inesperada- Luis M. V., su primo, salió de la casa.

Cuando regresó, llevaba una escopeta y un cuchillo con el objetivo de agredir a su prima, pero quienes estaban en el lugar lo sacaron.

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Sin embargo, después de un rato Luis M. regresó y aprovechó un descuido de quienes estaban con la mujer para atacarla: la apuñaló en el corazón y en el vientre, ocasionando su muerte inmediata.

Una vez perpetrado el crimen, huyó del lugar. Finalmente, Luis M. fue aprehendido y un juez multicompetente dictó auto de llamamiento a juicio como presunto autor del femicidio de su prima.

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Durante la audiencia preparatoria de juicio se presentaron como elementos de convicción los partes policiales y versiones de los agentes que tomaron procedimiento, tanto en la escena del crimen como en la captura del sospechoso; el informe de inspección ocular técnica de vestigios, evidencias; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.

A estos se sumaron el informe investigativo elaborado por la Dinased, entrevistas de familiares y testigos presenciales del hecho y la extracción de audio y video que fue tomado en el momento exacto de la agresión, la autopsia médico-legal, entre otros.

El delito de femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con pena privativa de libertad de 22 a 26 años.

Estos femicidios, según la Fiscalía General del Estado (FGE), ocurren más durante la madrugada, específicamente de 00:00 a 05:59, y los domingos. Este registro es desde el 2014, cuando se tipificó el delito hasta febrero de 2024.

En 2020 hubo 72 noticias del delito de femicidio, de acuerdo con la Fiscalía. Estas noticias del delito pueden ser de una o más víctimas. Y esos hechos ocurrieron más los sábados de 18:00 a 23:59 y el mismo día entre las 00:00 y 05:59.

En 2021 hubo 69 casos y fueron más el domingo de 12:00 a 17:59. Para 2022, con 89 casos, volvió el repunte a la madrugada del domingo.

Ya en 2023, con 105 víctimas, cambia a los sábados de 18:00 a 23:59. Y de enero al 22 de febrero de 2024, con 17 víctimas, son los viernes en la madrugada, en la mañana de 06:00 a 11:59 y en la tarde, y los sábados en la madrugada.

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Según la Asociación Latinoamericana para el Desarrollo Alternativo (Aldea), van 30 casos de femicidio hasta el 14 de febrero de 2024 y cada 27 horas ocurren estos hechos.

Rosandi López, abogada y parte de la Asociación de Abogadas Feministas del Ecuador, señala que sancionar con la privación de libertad al femicida no es suficiente. “No hay un cambio estructural de fondo”, dice.

Geraldine Guerra, de la Red Nacional de Casas de Acogida para las Víctimas de Violencia, asegura que la cultura violenta se acrecienta más y el Estado debe invertir, no reducir fondos.

En la proforma del Presupuesto General del Estado (PGE) para el ejercicio fiscal 2024-2025, presentada en febrero por el presidente Daniel Noboa, el monto asignado al Ministerio de la Mujer pasó de $ 17′220.490,11 a $ 13′228.756,45, lo que representa una disminución del 23 %.

Desconocimiento de derechos

López lamenta que la mayoría de las mujeres desconozca de sus derechos. “La mayoría no tiene herramientas para identificar la violencia. Esto es por el problema de fondo, la falta de educación, inclusive yo soy muy creyente de que deberíamos enseñar derechos desde la escuela. Esta falta de educación de conocer inclusive educación sexual es lo que luego pasa factura y deja cifras de niñas y niños violentadas sexualmente por el agresor”, dice.

Foto: Archivo

Y continúa: “Luego las envuelven y las abusan por el desconocimiento. Necesitamos un despertar y hacer conciencia de que se requieren cambios estructurales, pero sobre todo más allá de la responsabilidad que tiene el Gobierno, la tiene la corresponsabilidad de la sociedad, en hacer conciencia de que necesitamos estos cambios, qué estamos haciendo para fomentar y perpetuar la violencia y qué puedo hacer para dar un cambio”.

La Ley Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres establece en su artículo 5 que el Estado, a través de todos los niveles de gobierno, tiene las obligaciones ineludibles de promover, proteger, garantizar y respetar los derechos humanos de las mujeres: niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores, mediante la adopción de todas las medidas políticas, legislativas, judiciales, administrativas, de control. (I)

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