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Hoy no Circula: así será la restricción vehicular por el toque de queda en Quito este domingo 16 de mayo

El toque de queda del fin de semana terminará este lunes a las 05:00, las restricciones terminarán el 20 de mayo.

Durante el fin de semana ninguna persona o vehículo podrá circular a causa del toque de queda que, termina el lunes a las 05:00. Los salvoconductos están suspendidos. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSO Foto: Cortesía Municipio de Quito

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Este domingo 16 de mayo rige el toque de queda en 16 provincias. Por lo tanto, ninguna persona o vehículo podrá circular durante todo el día. La restricción se inició el viernes a las 20:00 y terminará el lunes a las 05:00. A partir de esta semana, hasta el jueves 20, el toque de queda empezará a las 20:00 y terminará a las 05:00 del día siguiente.

El estado de excepción fue firmado el 23 de abril y estará vigente hasta el 20 de mayo, por lo que este fin de semana es el último en el que se aplica la medida.

Aunque los taxis pueden circular, únicamente pueden trasladar a una persona y esta deberá ser personal de primera línea de atención o de sectores estratégicos. Lo mismo ocurrirá con el transporte municipal, es decir, las líneas de Trolebús y Ecovía.

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En Quito, servicio de transporte Ecovía y Trolebús atenderán a personal estratégico y de primera línea en toque de queda

Fuera de ellos, podrán circular quienes tengan turno para vacunación o deban trasladarse al aeropuerto. En ambos casos es necesario demostrar el motivo de movilización.

Las excepciones contempladas por el COE nacional incluyen:

  • Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria.
  • Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.
  • Sectores estratégicos.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Sector exportador y toda su cadena logística.
  • Prestación de servicios básicos, como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
  • Provisión de alimentos y bebidas, incluidos transporte y comercialización.
  • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
  • Industrias y comercios relacionados con el cuidado y crianza de animales.
  • Trabajadores de los medios de comunicación.
  • Plataformas, servicios de delivery y sus empleados acreditados.
  • Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.
  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
  • Actividades relacionadas con el sector financiero-bancario.
  • Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral.
  • Abogados.
  • Funcionarios de la Corte Constitucional.
  • Servidores públicos de la Función Judicial.
  • Funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría General del Estado.
  • Personas responsables o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
  • Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos. En aquellos casos, los documentos habilitantes serán los pasajes del titular o tiques de embarque.
  • Personas que tienen agendadas sus citas conforme al plan de vacunación, debidamente comprobado con el turno asignado o que estén en la fase 1 de inmunización, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin.
  • Personas con citas médicas u odontológicas agendadas.
  • Demás sujetos y vehículos que determine el Comité de Operaciones de Emergencia nacional.

Además, el COE nacional habilitó también a los funcionarios de la Defensoría Pública, Comité de Transición del Gobierno electo y saliente debidamente acreditado, servicios funerarios, cadena de la construcción y cadena conexa.

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El horario de circulación funcionará de esta manera:

DíaLibre movilidadToque de queda
Lunes 17 de mayoDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
Martes 18 de mayoDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
Miércoles 19 de mayoDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día
Jueves 20 de mayoDe 05:00 a 20:00De 20:00 a 05:00 del siguiente día

Los salvoconductos fueron suspendidos y no se emitirán nuevos mientras dure el estado de excepción. (I)

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