Un recurso de anulación y —dependiendo del resultado de este— un posible recurso de repetición son parte de la ruta jurídica que llevará el procurador de la nación, Íñigo Salvador, en el tema del laudo arbitral en contra del Ecuador que emitió hace pocos días la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile. Así lo explicó el funcionario en una comparecencia que tuvo en la mañana en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea, presidida por el asambleísta Fernando Villavicencio.

Salvador explicó que no se puede realizar una apelación al laudo, pero sí se podría presentar un recurso de anulación. Para ello, la Procuraduría ya ha iniciado las primeras diligencias, como buscar un estudio jurídico chileno para que colabore en este proceso y determinar los argumentos jurídicos más relevantes para llevarlo adelante. Para esta diligencia hay un plazo de 90 días, es decir, hasta el 24 de agosto. En caso de que no se aceptara la petición del Ecuador, la Procuraduría procedería a aplicar el recurso de repetición a los funcionarios de Estado que serían los responsables de haber incurrido en los supuestos incumplimientos.

Es que el 24 de mayo se dio el laudo arbitral que condena al país a pagar $ 11,5 millones por una serie de incumplimientos que habrían cometido entre los años 2014 y 2019 el Estado y funcionarios tanto del Gobierno de Rafael Correa como del de Lenín Moreno. El laudo se da luego de que la empresa GenteOil presentara en 2018 la demanda de arbitraje ante la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, en la que pedía dar por terminado el contrato y que el Estado le resarciera por incumplimientos contractuales y de daño moral. En el caso se le da razón al Ecuador en ciertos puntos y en otros se considera que sí ha incurrido en incumplimientos.

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Así, según la explicación del procurador Salvador, el Tribunal acogió el argumento del Estado en el sentido de que este no tenía competencia para revisar las actuaciones de la Contraloría, Fiscalía y la Procuraduría. Además desechó la pretensión de GentOil que buscaba dar por terminado el contrato y determinó que no se había modificado unilateralmente la tarifa. La pretensión de GenteOil de dar por terminado el contrato habría significado que Ecuador hubiese tenido que pagar el lucro cesante de la empresa por $ 24,69 millones, pero esto no fue concedido. En cambio, sí aceptó el Tribunal que Ecuador había generado daños por restricciones de la red pública de transporte de petróleo, y le reconoce los costos por adquisición de tubería. El Tribunal indica que hubo daños por una resolución de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífera (ARCH) por un tema de reforma de la tarifa de transporte del crudo por el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE). En todo caso, no concede las pretensiones de la empresa privada sino en un porcentaje menor. El procurador presentó un cuadro al respecto.

Durante su comparecencia, Salvador hizo un recorrido cronológico por los hechos ocurridos en torno al contrato con la empresa GenteOil, que maneja el campo Singue, y los hechos que entre 2014 y 2017 son los que han generado la mayor carga monetaria dentro del laudo arbitral en contra de Ecuador, aclarando en primer lugar que dichos hechos no se dieron durante su administración.

El contrato de Singue se dio luego de que la Secretaría de Hidrocarburos, a través del Comité de Licitación de Hidrocarburos (COLH), convocara en 2011 a la décima ronda petrolera que abría a licitación seis campos, entre ellos el campo Singue. Ese comité estaba conformado por Carlos Pareja Yannuzzelli, quien era viceministro de Hidrocarburos; Jorge Glas, como ministro coordinador; Marcelo Reyes, coordinador jurídico del Ministerio; y Ramiro Cazar, secretario de Hidrocarburos.

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En marzo del 2012, el entonces ministro Wilson Pástor adjudicó el contrato de servicios a GenteOil. Para agosto de 2017, la Contraloría emite indicios de responsabilidad penal a la Fiscalía por el caso Singue y, por ello, la Fiscalía abre una investigación por peculado. Frente a este panorama, GenteOil inicia el proceso arbitral en abril del 2018, reclamando $ 91,9 millones por parte del Estado, de los que se le han concedido $ 11,5 millones.

Por su parte, la asambleísta correísta Sofía Espín dijo que la actuación de la Procuraduría en este caso tiene claros vicios de persecución política. Aseguró además que la persecución solo ahuyenta a la inversión y que las demandas en contra cuestan millones al país. Espín sostuvo que no ha habido ningún daño económico al país por el contrato de Singue y que más bien ha recibido un mayor ingreso que el esperado.

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También sostuvo que el hecho de que la Procuraduría haya interpuesto una acusación particular en el caso ha servido de argumento para calificar como dolosa dicha actuación. Frente a estas declaraciones, el procurador rechazó las aseveraciones de Espín en el sentido de que habría una persecución política, y dijo que la responsabilidad de introducir una acusación particular frente a las resoluciones de Contraloría sobre presunción de responsabilidad penal es irrenunciable. Indicó que el laudo está equivocado al indicar que esa acusación particular pudo haber causado daño moral, si dicha acusación no se hizo en contra de GenteOil ni de sus representantes legales.

Por otra parte, el presidente de la Comisión, Fernando Villavicencio, aclaró que el laudo no tiene relación con la sentencia condenatoria por peculado en el caso Singue, en el que, según la Fiscalía, hubo irregularidades en la fijación de las tarifas que generaron perjuicios al Estado, por cuanto se estableció una tarifa de $ 33,5 por barril de petróleo, superior a la oferta inicial de $ 29,5. De acuerdo con Villavicencio, esa tarifa inflada fue establecida ocultando el volumen real de reservas probadas, que supera los $ 20 millones de barriles y no $ 2 millones considerados en el cálculo económico realizado durante la administración de Wilson Pastor. También anunció que el tema seguirá siendo tratado en la Comisión y se dará a conocer un estudio técnico del experto Luis Arauz sobre el tema de las reservas probadas. De acuerdo con Villavicencio, de negarse la anulación que el procurador ha explicado que presentará, “el Estado deberá presentar la acción de repetición en contra de los servidores que entre 2012 y 2017 habrían incumplido con el contrato”.