El proyecto de Ley de Defensa de la Dolarización, que ayer fue calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) y luego remitido a la Comisión Especializada de Régimen Económico para su tratamiento, contiene una estrategia para llenar el hueco de más de $ 6.000 millones que se generó en el Gobierno anterior, cuando se beneficiaba de préstamos de liquidez para el gasto público. La idea es crear una “regla de respaldo”, que consta en el artículo 29 del proyecto y que reforma el artículo 33 del actual Código Orgánico Monetario y Financiero.

Esta ley crea cuatro sistemas que componen el balance del Banco Central del Ecuador (BCE).

En el proyecto se plantea que “la Reserva Internacional del Banco Central del Ecuador respalde tanto la totalidad de los recursos del sistema financiero nacional y del sector público depositados en el Banco Central del Ecuador, como la moneda fraccionaria en circulación”.

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En el tiempo, estos cuatro sistemas deberán quedar cubiertos en su totalidad, pero el de importancia inmediata es el sistema que contiene los dineros de la ciudadanía.

Así, el artículo 29 de la ley sustituye el artículo 33 del Libro 1 del Código Monetario, que habla de la “Regla de respaldo”. El objetivo es que el BCE vuelva a tener cuatro sistemas en su balance que garantizarán que los pasivos están cubiertos con los activos de manera paritaria.

El primer sistema contiene el respaldo para las monedas acuñadas por el BCE, el encaje (un porcentaje de los depósitos) del sector financiero (bancos, cooperativas, mutualistas, bancos públicos con depósitos a la vista); así también los TBC (Títulos del Banco Central) y cualquier otra obligación con el público.

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En el segundo sistema constan los dineros de entidades financieras que incluyen la Corporación Financiera Nacional, el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, otras entidades financieras del sector público e intermediarios financieros que no capten depósitos a la vista del público. Estos pasivos serán cubiertos con los activos de reserva remanentes una vez cubierto el Primer Sistema y deberán ser equivalentes al 100% de los pasivos en este sistema.

En el pasivo del tercer sistema se registran los depósitos del Sector Público No Financiero (SPNF). En este conjunto se encuentran empresas públicas y los Gobiernos Autónomos Descentralizados. También está la cuenta del Tesoro, dinero del IESS, entre otros.

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Además están depósitos de personas jurídicas particulares y las transferencias a través del Sistema de Pagos pendientes de liquidación, así como el endeudamiento externo propio del BCE. Una vez más la ley ratifica que este sistema deberá ser cubierto en 100%, luego de que el primero y el segundo lo hayan sido.

Finalmente, el cuarto sistema registra el resto de cuentas del activo y del pasivo del BCE. De haber remanentes en los tres sistemas anteriores, entonces se lo podría adicionar al cuarto sistema.

La publicación del balance general del Banco Central del Ecuador, clasificado en los cuatro sistemas, se realizará con una periodicidad mensual. De acuerdo con Jaime Carrera, secretario ejecutivo del Observatorio de la Política Fiscal (OPF), es muy importante darle la prioridad al primer balance porque contiene depósitos de los ciudadanos.

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El grave problema que existe ahora es que si todos los clientes del BCE, que son los bancos, las entidades del sector público, el Biess, el IESS, las empresas públicas, decidieran pedir sus dineros al BCE, este no los tendría de manera completa, dice Carrera. Ahora se requieren $ 12.000 millones, pero solo hay $ 5.000 millones en activos líquidos. Entonces, refiere, es importante respaldar el primer sistema para no afectar la tranquilidad de los depositantes y por ende del sector financiero.

Recuerda Carrera que en el BCE hay otros activos que respaldan estos depósitos, pero que no son líquidos. Esto es efecto de los préstamos de liquidez que se dieron al Ministerio de Economía, a través de inversiones en las que el BCE adquiría papeles (primero Cetes y luego bonos), y que al final fueron pagados con acciones de banca pública.

En este sentido, en el proyecto de ley se explica que la recuperación de la Reserva Internacional requiere necesariamente la prohibición expresa del financiamiento al Gobierno y de la ejecución de operaciones cuasifiscales; prohibición que se traduce en la sana práctica de no financiar el gasto público con dinero del público. (I)