El juez Vicente Ribadeneira Narváez, de la Unidad Judicial de Quito, dispuso este miércoles al Consejo Nacional Electoral (CNE) la suspensión de la consulta popular en el cantón azuayo Girón, en la que se iba a decidir si la población quería o no explotación minera. La decisión judicial se dio tras aceptar una acción de protección a favor de un grupo prominero.

La acción de protección fue presentada por el colectivo Unidos por el Desarrollo de los cantones Girón y San Fernando, contra el CNE que, en la sesión del pasado 31 de enero, aceptó la consulta y aprobó la pregunta: “¿Está usted de acuerdo que se realicen actividades mineras en los páramos y fuentes de agua del Sistema Hidrológico Kimsakocha (Quimsacocha)? Sí - No”.

En la resolución emitida por escrito, el juez aseguró: “se ha verificado la existencia de un riesgo inminente de violación a la seguridad jurídica del Colectivo”, por lo que aceptó las medidas cautelares y dispuso que la consulta prevista para el 24 de marzo próximo se suspenda “hasta que exista un pronunciamiento expreso de la Corte Constitucional respecto al proceso acumulado (…) o hasta que la Corte Constitucional certifique que ha transcurrido establecido en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional para considerar que existe un dictamen ficto”.

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Para el presidente de la Cámara de la Minería del Azuay, Patricio Vargas, esta disposición ratifica su denuncia de que se violentó la Constitución porque el CNE debía esperar obligatoriamente un pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la legalidad de la pregunta. Pero se saltó este paso porque hasta antes de la aprobación la Corte no estaba en funciones.

Aunque los demandantes tienen la opción de pedir una ampliación del fallo o apelarlo, a su criterio la consulta no debe ir.

Para el dirigente y candidato a la Prefectura del Azuay, Yaku Pérez Guartambel, este pronunciamiento judicial revela una presión del juez, por lo que pedirán una revisión de su actuar ante el Consejo de la Judicatura. Desde su perspectiva, la consulta debe seguir su curso normal porque así lo dictaminó el CNE. (I)