Esta semana se aprobó la Ley de Integridad Pública, que modifica diversas leyes. Los cambios realizados al Código Monetario y Financiero, lejos de encaminarnos hacia un sistema financiero internacionalizado, constituyen un retroceso por varias razones.

Primero, la ley faculta al BCE para contratar créditos externos y líneas contingentes de liquidez “para el financiamiento de la balanza de pagos y para atender necesidades de liquidez”. Aquí hay un sinsentido seguido de una frase que genera algunas preguntas.

El sinsentido es esto de financiar la balanza de pagos, puesto que esta siempre cuadra: de un lado están los débitos y del otro los créditos.

Si la economía registra un déficit comercial –que típicamente refleja un déficit en la cuenta corriente de la balanza de pagos– asimismo tiene un correspondiente superávit en la cuenta de capitales que financia ese déficit.

Ahora vamos por la gran pregunta. Esta provisión de la Ley faculta al BCE a endeudarse “a nombre del Estado ecuatoriano”, “sin comprometer recursos propios del Banco Central del Ecuador” para “atender necesidades de liquidez”. Al no existir una moneda nacional, tampoco puede darse una crisis de balanza de pagos, estando automáticamente apegados a un tipo de cambio real. Entonces, ¿la liquidez de quién se pretende financiar?

En un pasado no tan lejano (2014-2021), el BCE se preocupó más de atender las necesidades de liquidez del Gobierno central que aquella del sistema financiero, creando un enorme hueco en las reservas bancarias que apenas ahora hemos logrado resarcir.

Por otra parte, si el BCE no comprometerá recursos propios para obtener financiamiento, ¿quiénes sí lo harán? No es descabellado pensar que estas disposiciones sean una manera de meter por la puerta trasera el financiamiento del Presupuesto General del Estado desde el BCE.

En la Ley de Defensa de la Dolarización se restauró el sistema que desde que el país se dolarizó en el año 2000 hasta el año 2014, había obligado al BCE a mostrar de manera transparente el nivel de cobertura de la Reserva Internacional (RI) con activos líquidos. La ley aprobada esta semana, si bien no deshace este sistema, introduce una disposición transitoria curiosísima, que dice así: “Los porcentajes de cobertura (para buena parte del sistema) … regirán a partir del año 2040”. Esto implica que la obligación que tenía el BCE de respaldar los depósitos del sistema financiero privado queda suspendida hasta 2040.

Finalmente, la cereza en el pastel: la Superjunta “podrá calificar” –a discreción propia– como “reservada la información relacionada con los ámbitos de su gestión”. Es decir, el BCE podrá endeudarse, con el aval del Estado, sin arriesgar recursos propios y podrá mantenerlo en secreto si lo desea.

En lugar de devolver al rol muy limitado que tenía hasta 2008, la clase política continúa concediéndole poderes a un BCE que no es necesario en una economía dolarizada. Si

el Gobierno desea retractarse de este despropósito y realmente ayudar a que la economía crezca más, debería más bien considerar la internacionalización del sistema financiero. Un buen punto de partida sería el proyecto de apertura financiera que ha desarrollado el Instituto Ecuatoriano de Economía Política. (O)