El célebre orador romano Cicerón incluyó en su obra Disputaciones tusculanas una pequeña fábula en la que un monarca reinaba con una espada colgada por encima de la cabeza, atada al techo por un simple cabello que peligraba en ceder en cualquier momento. Este es el origen de la expresión “espada de Damocles”, la cual se usa para referirse a una situación de constante e inminente peligro.
De todos los sinsentidos que abundan en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, la llamada “muerte cruzada” es una de las herencias más peligrosas del correato. Este mecanismo, introducido en la Constitución de Montecristi, faculta tanto al presidente de la República como a la Asamblea Nacional para destituirse mutuamente, siempre y cuando quien haya iniciado el proceso también renuncie a su mandato. Expresado de forma más gráfica, el mecanismo permite tanto a la rama ejecutiva como a la legislativa realizar un suicidio kamikaze, un “borrón y cuenta nueva” donde todos se van a su casa y se adelantan las elecciones presidenciales y legislativas.
Si bien tanto el presidente como la Asamblea pueden iniciarlo cuando juzguen que el Ecuador está pasando por una situación de “grave crisis política y conmoción interna”, la rama ejecutiva también puede iniciarlo si a su juicio la Asamblea “de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo”, condición vaga que en la práctica hace que el ejecutivo pueda iniciar el proceso a su antojo. La asimetría, sin embargo, va mucho más allá. En efecto, mientras que la decisión sola del presidente de la República basta para iniciar el proceso, la Asamblea requiere la aprobación de dos terceras partes de sus integrantes. A esto hay que sumarle el hecho de que los presidentes se desgastan políticamente más lentamente que los parlamentos, motivo por el cual este tiene muchísimas más probabilidades de ser reelecto después de la muerte cruzada que los asambleístas. En otras palabras, a pesar de que a primera vista el mecanismo parece proveer iguales armas a ambos poderes, esto es una mera ilusión: en la práctica el mecanismo fue diseñado para que la rama ejecutiva pueda secuestrar a la legislativa si esta se le opone, cosa que fue sin duda la intención original del correato.
Los apologetas de esta aberración constitucional frecuentemente apuntan a similares mecanismos en países desarrollados como España e Inglaterra. Lo que estos defensores se olvidan de decir, sin embargo, es que esos países operan bajo un esquema parlamentario y no presidencialista. En otras palabras, son sistemas políticos donde la rama ejecutiva es designada por el propio parlamento, por lo que su relación se basa en cooperación mutua. Esto no es así en los sistemas presidencialistas, como el nuestro, sistema donde ambas ramas son elegidas independientemente y que está diseñado para que se opongan y equilibren mutuamente. Así, por donde sea que se lo mire, esta “muerte cruzada” simplemente no tiene razón de existir en nuestra Constitución.
La “muerte cruzada” es una auténtica espada de Damocles que cuelga sobre la cabeza de nuestro sistema de gobierno, y solo es cuestión de tiempo para que el fino cabello que la sostiene en el aire se quiebre. (O)