Ninguna autorización para porte de armas de civiles se habría emitido en las últimas horas a pesar de que desde este domingo, 1 de octubre, se habilitó el Sistema Informático de Control de Armas para el ingreso de solicitud de permisos.

En abril, el presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió el Decreto 707 que volvió a permitir luego de doce años que las personas lleven armas por defensa personal.

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Según Fuerzas Armadas, entidad a cargo, el sistema está habilitado.

Cuál es la diferencia entre tenencia y porte de armas

Las personas naturales que deseen aplicar a un permiso deberán cumplir con una serie de requisitos:

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  • Cumplir al menos 25 años de edad.
  • Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
  • No tener una sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
  • No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
  • Certificado de superar el examen toxicológico que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitido por el Ministerio de Salud Pública.
  • Los demás que establezcan el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el efecto.
  • Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.

Desde este domingo 1 de octubre se podrán solicitar permisos para porte de armas de uso civil, ¿cuáles son los requisitos?

La Policía Nacional es una de las instituciones que tienen autorización para usar armas en Ecuador. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

El inconveniente es la obtención del último certificado.

El capítulo V y el artículo 21 de un acuerdo ministerial, de agosto pasado, del Ministerio del Interior se refiere a un certificado de capacitación y aprobación del curso en el manejo de armas de fuego.

Ese certificado, emitido por los centros de formación y capacitación al personal de vigilancia y seguridad privada, donde los civiles deben ir a capacitarse, será reconocido por parte del Ministerio de Defensa como el documento habilitante antes de la emisión del certificado de destreza en el manejo y uso de armas de fuego.

El coronel en servicio pasivo Pablo Coello, director de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada del Ministerio del Interior, explicó que ese acuerdo ministerial establece cuáles son los requisitos por cumplir en esos centros para calificarse y dar ese tipo de curso.

Estos son infraestructura, capacitadores y malla curricular. La infraestructura, por ejemplo, se refiere a tener un polígono de tiro real. El curso tendrá una duración de 48 horas, distribuido en un tiempo mínimo de ocho días, seis horas diarias.

Coello señaló que las Fuerzas Armadas establecen un número determinado de armas para dar el curso, que para este caso son cinco pistolas, cinco revólveres, cinco escopetas y diez pistolas traumáticas.

Desde la próxima semana llegaría la primera importación de armas permitidas para uso civil

El Ejército ha decomisado armas ilegales en varios operativos a nivel nacional. Foto: Fuerzas Armadas

Agregó que con el stock de armas y municiones en el país, los centros podrían adquirirlas para ofertar ese tipo de cursos, por lo que estarían esperando a que haya la disponibilidad en el mercado.

“El problema que hay ahora es con el tema de la importación de armas”, sostuvo.

Unos 90 centros podrían ofrecer los cursos a nivel nacional, y de estos ocho ya han presentado su documentación para que sean calificados, a la espera además de que lleguen los permisos de tenencia de armas que dan las Fuerzas Armadas al Ministerio del Interior. (I)