El ministro del Interior, Patricio Carrillo, manifestó su insatisfacción por la decisión de la Corte de Justicia de Chimborazo que aumentó de tres a trece años la sentencia del cabo segundo de la Policía Santiago Olmedo, culpable del delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio. El agente terminó con la vida de dos hombres que asaltaron a un menor de edad, en Riobamba.

Para Carrillo, la resolución envía un mensaje negativo a los servidores policiales y anunció que se apelará el fallo judicial.

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Incrementar la pena al máximo por extralimitación de funciones para un policía que impidió un delito tiene un mensaje: inmovilizar y paralizar a la @PoliciaEcuador. En democracia corresponde apelar y lo haremos. Al juzgar ex post el uso de la fuerza, no se valora la excepcionalidad”, publicó el ministro del Interior en su cuenta de Twitter.

El jueves 25 de agosto la Corte Provincial aceptó una apelación que interpuso la Fiscalía General del Estado para incrementar la condena de Olmedo, ya que en enero de este año un tribunal estableció tres años y cuatro meses de privación de libertad, más el pago de una multa y una reparación económica de $ 10.000 para las familias de los fallecidos.

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El caso sucedió el 21 de julio de 2021. Tres servidores de la Dinased –uno de ellos era Olmedo– estaban de paso por Riobamba y observaron que un adolescente era asaltado por Henry Brayan C. S. El delincuente se dio a la fuga y los gendarmes fueron tras él; a pocas calles esperaba Diego Fabián M. S. a bordo de una motocicleta a la que se subió Henry Brayan C. S.

La Fiscalía sostiene que en ese momento el policía Olmedo sacó su arma de dotación y disparó más de una decena de veces a la espalda de los dos sujetos, causándoles la muerte.

El gendarme asegura que abrió fuego para protegerse porque fue emboscado por dos sujetos más cuando Henry Brayan C. S. llegó al lugar donde lo esperaba la motocicleta. Uno de los delincuentes portaba un arma de fuego, otro tenía un cuchillo, y un tercero hizo una maniobra fingiendo que sacaba un arma.

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la pena máxima por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio es de trece años cuando se produce la muerte de una persona como consecuencia de la inobservancia del uso progresivo o racional de la fuerza. (I)