La reforma al reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, que pone límite al control sobre entidades privadas que cuentan con recursos públicos, entró en vigencia este martes, 28 de marzo, con la publicación en el Registro Oficial.

Los cambios fueron emitidos por el presidente Guillermo Lasso la semana pasada, mediante el Decreto Ejecutivo 695.

El nuevo texto dispone que las entidades financieras y bancarias privadas, cuyo capital social, patrimonio, fondo o participación tributaria esté integrado con el 50 % o más recursos públicos, así como las compañías o sociedades mercantiles privadas y las compañías privadas de seguros, que tengan participación accionaria del Estado, estarán sometidas exclusivamente al control, vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, respectivamente.

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Se establece que la Contraloría únicamente auditará los recursos públicos de las entidades y compañías. Dichos recursos comprenden el capital pagado y la distribución e inversión de utilidades, que corresponden al inversionista. El órgano de control no auditará los recursos de terceros.

De igual manera se procederá con las compañías sujetas a control de la Superintendencia de Compañías, que tengan entre sus socios o accionistas a inversionistas del sector público, dentro de los porcentajes permitidos.

También salen del control de la Contraloría las entidades financieras y bancarias cuyo capital social, patrimonio, fondo o participación tributaria esté integrado con el 50 % o más de recursos públicos, así como las compañías o sociedades mercantiles sujetas al derecho privado como son las sociedades anónimas, de economía mixta u otra especie que también tengan el 50 % o más fondos públicos.

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La institución actuará sobre las entidades privadas que tengan el 50 % o más de recursos públicos, pero no aplicará en las que están bajo supervisión de las superintendencias de Bancos, de Compañías, y de Economía Popular y Solidaria.

La decisión del Ejecutivo incluye a las instituciones de la banca pública como el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (Isspol), Corporación Financiera Nacional (CFN), BanEcuador, entre otras.

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Antes de que la reforma entrara en vigencia, la Contraloría anunció que aplicará acciones legales una vez que el texto esté publicado en el Registro Oficial.

En un comunicado adelantó que buscará que prevalezcan las atribuciones de la Contraloría que están determinadas en la Constitución, así como en la Ley Orgánica de la Contraloría.