El pleno del Consejo de la Judicatura tiene diez días de plazo para resolver sobre la sanción de destitución que recomendó el lunes pasado el Consejo de la Judicatura del Guayas para el juez Juan Aurelio Paredes Fernández.
En un informe de 95 páginas, la directora del Ámbito Disciplinario del Consejo de la Judicatura del Guayas, Katherine Calderón, recomendó la salida de Paredes, quien actualmente se desempeña como juez de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial del Guayas.
La solicitud de destitución surge tras iniciarse en su contra un sumario disciplinario por ‘negligencia’ y ‘error inexcusable’ al emitir el 20 de julio de 2011 una sentencia por supuesta injuria calumniosa, en la que condenaba a tres años de prisión al editor de Opinión de Diario EL UNIVERSO, Emilio Palacio, y a tres directivos de este medio de comunicación, además de una indemnización de $ 40 millones para el entonces presidente Rafael Correa.
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Calderón recomendó esa sanción a Paredes “por haber incurrido en la falta tipificada en el numeral 7 del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial”. Este artículo contiene las causas que representan ‘faltas gravísimas’ de los funcionarios judiciales, mientras que su numeral 7 señala que “se impondrá la sanción de destitución” cuando un magistrado actúe con “dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable”.
Entre las obligaciones que infringió el juez Paredes en el juicio contra EL UNIVERSO se mencionan el “deber de la independencia judicial”, “el deber de escuchar a las partes y garantizar el derecho a la defensa en igualdad de condiciones”, “el deber de motivar sus decisiones”, “deber de aplicar directa e inmediatamente la norma constitucional”, “el deber de garantizar el principio de legalidad”, entre otras.
Corte Interamericana de Derechos Humanos falla a favor de directivos de EL UNIVERSO
A Juan Paredes se le inició el pasado 25 de abril un sumario disciplinario con base en una denuncia presentada el 21 de marzo por César Pérez Barriga, directivo de Diario EL UNIVERSO, quien adjuntó como documentación relevante la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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Este organismo determinó, el 24 de noviembre de 2021, “la responsabilidad del Estado ecuatoriano por haber violado la Convención Americana de Derechos Humanos, en la tramitación del proceso penal” presentado por el expresidente Rafael Correa contra un artículo de opinión titulado ‘No a las mentiras’.
La denuncia contra Paredes fue admitida por la directora encargada del Ámbito Disciplinario en la Judicatura del Guayas, María Josefa Coronel, quien abrió el expediente numerado DP09-2022-0491, que luego fue notificado al juez sumariado.
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El caso recibió atención de muchas organizaciones no gubernamentales de defensa de derechos humanos, defensa de libertad de expresión, protección de periodistas y defensa del sistema democrático. La sentencia de la Corte condenando al Ecuador por la actuación de los jueces que resolvieron la mencionada querella constituye un grave daño al prestigio internacional de nuestro país
Informe de destitución del juez Juan Paredes presentado al Pleno de la Judicatura.
La directora del Ámbito Disciplinario, Katherine Calderón, expuso en el documento las “violaciones y arbitrariedades” en que incurrieron los jueces que manejaron el juicio penal impulsado por Correa contra EL UNIVERSO.
“Por ejemplo, a pesar de que a la fecha no existía una ley que permita el encausamiento penal a las personas jurídicas, el juez de instancia (Paredes) aceptó que entre los querellados conste la Compañía Anónima EL UNIVERSO a la que se impuso una sanción. Es decir, dicho juez simplemente desconoció el más elemental principio del derecho penal, que requiere de una ley previa para el encausamiento penal de toda persona”, señala el informe de la Judicatura del Guayas.
El proceso penal contra EL UNIVERSO también lo conocieron otros jueces de jerarquía superior, quienes -señala el informe disciplinario- “no corrigieron los gravísimos errores cometidos por el mencionado juez Juan Paredes Fernández”.
Se refiere a los entonces jueces de la Corte Provincial del Guayas Henry Morán Morán, Helen Mantilla Benítez y Guillermo Freire León, este último emitió un voto salvado parcialmente. El caso llegó a la Corte Nacional donde lo avalaron los magistrados en funciones Wilson Merino Sánchez, Jorge Blum Carcelén y Paúl Íñiguez Ríos.
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“El resultado de esta cadena de arbitrariedades, errores y abusos que fueron cometidos por los mencionados jueces ha sido que el Estado ecuatoriano haya terminado siendo condenado por la CIDH”, señala el documento disciplinario contra Paredes. (I)
Juan Paredes contesta a pedido de destitución
En varios escritos, el juez Juan Paredes Fernández respondió ante la investigación que le siguió la Dirección del Ámbito Disciplinario del Consejo de la Judicatura del Guayas.
“La presente acción se encuentra prescrita, el presunto hecho infractor ocurrió el 20 de julio de 2011″, señaló Paredes, mientras que la Judicatura argumentó que la denuncia presentada contra el juez se dio el 21 de marzo de 2022 y se ampara en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictada el 24 de noviembre de 2021, por lo cual no se encuentra prescrita.
Paredes también señaló que “no existe la declaratoria previa” que determine que ha cometido la infracción de negligencia, pues su fallo “fue confirmado por la exsegunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial y a su vez por la Corte Nacional”. No obstante, la Judicatura replicó que la CIDH tiene “competencia como entidad jurisdiccional en materia de aplicación de la Convención de Derechos Humanos” y que por ello se acepta su sentencia en el caso El Universo como declaratoria jurisdiccional previa.
“Si bien al funcionario le preocupa el tema de prescripción, irretroactividad de la Ley, y la falta, a su criterio, de la declaración jurisdiccional previa, no ha respondido sobre la vulneración de los derechos y principios que de acuerdo a la corte Interamericana de Derechos Humanos adoleció su sentencia y por la cual el Estado fue sancionado y obligado a reparar el daño causado”, concluyó la Judicatura del Guayas. (I)