NOTICIAS

Publicidad

Participación Ciudadana propone reformas al Código de la Democracia encaminadas a fortalecer el sistema de partidos y movimientos políticos

La organización no gubernamental impulsará este proyecto legal debido a la "grave crisis política" que enfrenta el país.

QUITO (08-11-2021).- Medardo Oleas (i), Ruth Hidalgo, Lolo Echeverría y Simón Jaramillo como parte de la Corporación Participación Ciudadana presentaron una propuesta de reformas legales al Código de la Democracia. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: El Universo

Publicidad

Desde la sociedad civil se plantea una veintena de reformas al Código de la Democracia para fortalecer a las organizaciones políticas que prevean regulaciones a su funcionamiento.

Este 8 de noviembre, la organización no gubernamental Corporación Participación Ciudadana (PC), con la participación de actores sociales como Lolo Echeverría, Simón Jaramillo, Arturo Moscoso y Medardo Oleas, presentaron una serie de reformas legales que esperan sean tratadas por la Asamblea Nacional, que se enfocan en el trabajo y formación de las organizaciones políticas y el control que debe ejercer el Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre estas.

La directora ejecutiva de PC, Ruth Hidalgo, explicó que su propuesta nace por la “grave crisis política” que enfrenta el país, por lo que es necesario que los partidos y movimientos políticos se fortalezcan con “lógicas rigurosas”.

Publicidad

“No es posible que tengamos más de 250 organizaciones que compiten en la arena política produciendo dispersión y debilitamiento de la democracia. Estas 250 organizaciones no significan que tenemos más democracia”, dijo, pues al contrario “se están viendo errores” en procesos como al escoger a los candidatos que son cuestionados por casos de corrupción, o que no logran establecer alianzas a largo plazo, y tampoco promueven la participación de la mujer.

Guillermo Lasso no está obligado a comparecer a comisiones de la Asamblea, salvo en casos de proceso de destitución e informe de labores

Su proyecto propone reformar el artículo 310 del Código, para que se aclare qué es un movimiento político porque cuando se permite que su carácter (nacional o provincial) se determine en su régimen orgánico y corresponder a cualquier nivel de gobierno “se deja abierta la posibilidad de que tengan los mismos derechos que los partidos políticos y pueden presentar toda clase de candidaturas, desde nacionales hasta provinciales”.

Por ello, debe establecer la ley cuál es la estructura de un partido y cuál la de un movimiento; y que se defina que los partidos son nacionales y los movimientos provinciales.

Publicidad

Que tanto los partidos y movimientos puedan tener afiliados, los mismos que deben estar empadronados con derechos y obligaciones, desapareciendo la figura del adherente permanente u ocasional.

Esta modificación requerirá de una reforma a la Constitución en su artículo 109, en el que se establece el carácter nacional de los partidos y de “cualquier nivel de gobierno” de los movimientos.

Publicidad

Otra modificación se refiere al número de firmas que se requieren para inscribir una organización política. Actualmente, la ley establece el 1,5 % de fichas de filiación del registro electoral de la última elección; y los movimientos, el 1,5 % de lista de adherentes, de los cuales el 10 % serán adherentes permanentes.

En ese sentido, se propone que el registro permanente sea del 0,3 % de firmas de los empadronados en las últimas elecciones a nivel nacional, que serían unos 40.000 afiliados, que deberán ser de unas doce provincias.

El objetivo final es eliminar los adherentes ocasionales y adherentes permanentes de los movimientos políticos, para que sean solo afiliados.

Se sugiere reformar el artículo 348 de la ley para que los grupos políticos tengan un padrón de sus afiliados, el que debe reposar en las oficinas de los partidos y movimientos, en el Consejo Nacional Electoral y en las Juntas Electorales provinciales.

Publicidad

Este padrón debería utilizarse obligatoriamente en las elecciones internas de autoridades y en la democracia interna para la nominación de candidatos a una dignidad de elección popular. Y, deberá haber votado el 40 % de los afiliados para que tenga validez el proceso.

Para garantizar la alternabilidad de la participación de sus afiliados, se plantea reformar el artículo 327 del Código para que se prohíba la reelección por más de dos periodos de los directivos provinciales o nacionales. Por lo que no podrán ser elegidos por más de dos años.

Bloques legislativos afinan posturas políticas frente al informe de los Pandora Papers

Si no se procede con la renovación, se propone que esto se conciba como una causal para la cancelación de la inscripción de la organización política.

Otro cambio propuesto se encamina a evitar que agrupaciones que no han tenido actividad política en los tres años previos a un proceso electoral, no puedan inscribir candidatos.

La reforma sería al artículo 314 con la que se determinaría que solo puedan presentar candidaturas aquellas organizaciones que hayan mantenido actividad activa tres años antes de los comicios.

Consideran que el CNE debe monitorear esta actividad.

Entre otras reformas legales, PC cree que, para consolidar la votación por listas de las candidaturas nacionales y provinciales para la Asamblea Nacional, se debería reformar el artículo 150 y suprimir la votación por distritos para la elección de asambleístas provinciales.

No obstante, la votación por distritos debería mantenerse para elecciones de autoridades locales como prefectos, alcaldes y concejales.

Respecto de la publicidad oficial en campaña electoral, PC sugiere restringirla y que la que se transmita sea “únicamente por excepción”, y evitar frases como “temas de importancia nacional” que permite a las instituciones del Estado pautar abiertamente.

Una reforma al artículo 25, sobre las funciones del CNE, propone una reforma para que se impida al organismo electoral realizar los denominados conteos rápidos y encuestas a bocas de urna.

Adicionalmente, proponen que parte del Fondo Partidario Permanente que reciben las organizaciones políticas se destine a la formación política de mujeres, jóvenes y representantes de pueblos y nacionalidades.

Medardo Oleas, analista electoral y exvocal del extinto Tribunal Supremo Electoral (TSE), promotor de este texto, resaltó la necesidad de reformar el Código vigente, y ejemplificó que en los comicios nacionales del 2021 no se realizaron procesos de democracia interna para elegir candidatos, sino indirectamente diez representantes los eligieron. “No se están aplicando adecuadamente las normas legales”, increpó.

Añadió que la propuesta para que se aclare el carácter nacional de los partidos para que solo los partidos puedan presentar candidatos a la Asamblea Nacional y a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, evitará que se presenten candidaturas provinciales.

Esto, según argumentó, “porque la Asamblea Nacional hace leyes que rigen en lo nacional. Entonces, un partido nacional debe ser el habilitado para presentar candidatos nacionales y provinciales para la Asamblea”.

Arturo Moscoso, analista político, insistió en que el objetivo de este articulado es “fortalecer la democracia mediante el sistema de partidos”

“Pero, si por más reformas o leyes que se aprueben, si la clase política no hace un esfuerzo por fortalecer desde sus estructuras a empezar a formar cuadros, dejar liderazgos caudillistas… Ninguna reforma podrá cambiar la forma de hacer política en este país”, afirmó. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad