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Pachakutik solicita juicio político a Superintendenta de Bancos Ruth Arregui

La solicitud de interpelación pasará a conocimiento del CAL para su revisión de los requisitos que establece la normativa

El bloque Pachakutik, este 13 de octubre, oficializó el pedido de juicio político por incumplimiento de funciones a la Superintendenta de Bancos, Ruth Arregui. Cortesía

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El bloque Pachakutik, este 13 de octubre, presentó una solicitud de juicio político en contra de la superintendenta de Bancos, Ruth Arregui Solano, por incumplimiento de funciones en el control y vigilancia de las actividades de las instituciones del sistema financiero.

El legislador, Darwin Pereira del bloque Pachakutik, fue quien oficializó el pedido donde además dijo que hay instituciones del sistema financiero que durante la emergencia sanitaria derivada por el COVID-19, cobraron interés sobre interés y valores que no estaban considerados en la Ley, lo que impidió que los usuarios puedan concretar la renegociación de sus deudas.

Respecto al banco Pichincha, Pereira, comentó que registró un problema de cyberseguridad que afectó a alrededor de cinco millones de personas que no pudieron realizar sus transacciones ni transferencia. Alertó que esta institución en los meses de febrero y julio pasados, esta institución financiera, presentó este tipo de problemas.

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Comentó que no existe control en la fijación de las tasas de interés y regulación de la banca por parte de la Superintendencia de Bancos, En el juicio, dijo Pereira, se demostrará que cuatro bancos tienen más del 50% de los activos de toda la banca, lo que evidencia que la Superintendencia no hizo nada para controlar ese posible oligopolio.

Que en el país existen muchas casas y lugares donde se reciben depósito de dinero de ciudadanos sin control, como el registrado en la provincia de Los Ríos el Big Money, en el que persona no pueden recuperar sus recursos, donde no actuó la Superintendencia.

El pedido de juicio político pasará primero al despacho de la Presidencia de la Asamblea Nacional y luego a la Unidad Técnica Legislativa para un informe previo a que el Consejo de Administración Legislativa (CAL), se pronuncie sobre la calificación o no de la solicitud de interpelación. (I)

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