El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), estará obligado a transparentar la situación financiera de la institución a través de la publicación periódica de todos los indicadores relacionados con su gestión administrativa, financiera, previsional y de salud. La reserva de información no aplicará para los aportantes.

Así lo definió la Asamblea Nacional con la votación unánime de 133 legisladores presentes en la sesión 757, que incorpora un texto al artículo 1 de la Ley de Seguridad Social para promover la total transparencia de la gestión de los recursos del IESS y de todas las entidades de su propiedad.

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Este proyecto fue presentado el 12 de enero de 2020 por el entonces asambleísta Roberto Gómez Alcívar (CREO), quien dijo que los trabajadores merecen conocer en su totalidad los números en general del IESS, y aclaró que no se propone abrir la información individual y privada de cada afiliado, sino de la institución en general.

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La información que deberá publicar el IESS tiene relación con los estudios actuariales, inversiones, cartera vencida, cuentas por cobrar, pasivos, activos, entre otros.

Los legisladores durante el segundo debate se quejaron de que las autoridades del Seguro Social se niegan a entregar información a la Asamblea Nacional, así como a los afiliados. A criterio de los catorce asambleístas que intervinieron, esta reforma busca atacar a la corrupción y abonar a la transparencia en el manejo de los recursos de la seguridad social.

Con lo resuelto, el IESS, las entidades de su propiedad o subordinadas financiera o administrativamente, en los primeros treinta días del ejercicio fiscal tendrá que publicar el manejo financiero y los compromisos económicos que la Institución adquiera.

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La información incluirá sus estados financieros detallados, como balances y los cálculos actuariales con los que cuente hasta ese momento. Siempre deberá contener una explicación o guía para la debida comprensión de la ciudadanía.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social estará obligado a dar acceso al público a la contabilidad, archivos o documentos justificativos de sus operaciones actualizadas, por cualquier medio, sin limitación alguna para todos los aportantes a la seguridad social con las excepciones previstas en la Ley o que las solicitudes realizadas no estén debidamente motivadas. La reserva de la información no aplicará para los aportantes al sistema de seguridad social.

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El proyecto de ley aprobado este 20 de enero pasará conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto en un plazo de 30 días. (I)