¡Me alegro que la vicepresidenta tenga esta gran función! Más aún a favor de la paz entre Israel y Palestina. Nuestro país va a estar muy bien representado en su compromiso para que prime el diálogo y acabe la violencia. Mis felicitaciones a Verónica Abad, auguro éxitos a su nueva misión protocolaria. Su compromiso y habilidades son un activo invaluable para esta responsabilidad. ¡Ecuador país de paz!”, reza el tuit con el que el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, se pronunció sobre la tarea encomendada por el presidente Daniel Noboa.
La felicitación de Kronfle se suma a las que hicieron las embajadas de Estados Unidos, Rusia y China en Ecuador, al igual que la de Israel que agradeció al gobierno del presidente Noboa “el interés de mediar por la paz”.
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El Ejecutivo señaló este 24 de noviembre en un comunicado que en el marco de sus competencias constitucionales, Noboa, quien asumió el jueves 23 para un periodo de 18 meses, mediante un decreto “asignó como única función” a Abad ser “colaboradora para la paz y precautelar el escalamiento de la conflictividad entre Israel y Palestina”.
“Para el cumplimiento de estas funciones la vicepresidenta estará en la oficina de la Embajada del Ecuador en Tel Aviv”, añadió, sin precisar desde cuándo.
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En un comunicado de la Secretaría de Comunicación de la Presidencia (Secom) se señala que esta decisión representa “un hito histórico que marca un precedente sobre el significativo compromiso del Ecuador con la paz internacional” y subraya la determinación del Gobierno para promover la estabilidad en una región afectada por conflictos prolongados.
La decisión de asignar esta única función a Abad fue oficializada mediante la suscripción del Decreto Ejecutivo 27.
“Ecuador es un país de paz, esta designación expresa la responsabilidad que la nación tiene con la resolución pacífica de conflictos y nuestro apoyo a los esfuerzos internacionales por alcanzar la estabilidad en áreas afectadas por tensiones”, refiere la Secom.
“La vicepresidenta o vicepresidente de la República, cuando no reemplace a la presidenta o presidente de la República, ejercerá las funciones que esta o este le asigne”, dice el artículo 149 de la Carta Magna. Es la única tarea específica que tiene este cargo en la legislación nacional. (I)