Con una denuncia ante el Consejo de la Judicatura (CJ), la Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó que se inicie un sumario administrativo y que se suspenda a la jueza penal María Daniela Ayala, quien está a cargo del caso Magnicidio FV, en el cual se investiga el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio.

Para la Fiscalía, durante la audiencia de formulación de cargos en contra de los procesados Xavier Jordán, José Serrano, Ronny Aleaga y Daniel Salcedo, el pasado 3 de septiembre de 2025, la magistrada “emitió opiniones y comentarios personales que se alejan totalmente de su rol y constituyen agresiones contra la representante de la institución".

El escrito remitido por la FGE a la Judicatura fue firmado por el fiscal subrogante, Wilson Toainga, y alega una falta disciplinaria grave contemplada en el numeral 1 del artículo 108 del Código Orgánico de la Función Judicial

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En la audiencia de formulación de cargos, la magistrada penal de Pichincha cuestionó la actuación de la fiscal Ana Hidalgo, de la Unidad Investigativa Selecta Especializada contra el Lavado de Activos. Por ejemplo, criticó que “la Fiscalía no debía ser el brazo ejecutor del gobierno de turno”.

Los roces entre Ayala e Hidalgo continuaron este jueves, 11 de septiembre, luego de que la jueza negó por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la fiscal contra la medida de presentación periódica ordenada para los procesados como autores intelectuales del asesinatos del candidato presidencial Fernando Villavicencio: José Serrano y Xavier Jordán.

La decisión de la jueza fue notificada casi tres días después de que se cerró el plazo para presentar la apelación y a ocho días de que se inició una instrucción fiscal de 90 días por el asesinato cometido el 9 de agosto de 2023.

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La jueza resaltó que no le corresponde elucubrar ni emitir ningún criterio en relación a las razones por las que, a pesar de que el 3 de septiembre pasado la fiscal Hidalgo manifestó al concluir la audiencia que haría “llegar de manera escrita en el momento procesal oportuno” su apelación, ha esperado a que lleguen las 17:19 del 8 de septiembre de 2025 para ingresar por escrito su recurso de apelación, pero reconoce que sí le corresponde determinar si es que los recursos presentados han sido interpuestos en término, en las condiciones previstas en la norma.

Ayala definió la presentación periódica de Serrano y Jordán en lugar de la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía. Para Hidalgo, la orden de prisión preventiva era la única medida que podía garantizar que los investigados comparezcan al proceso, no generen riesgo de fuga, no puedan entorpecer la investigación y puedan cumplir una eventual pena y reparación integral a la o a las víctimas. (I)

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