El segundo día de comparecencias en la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, para analizar el veto presidencial a la ley que regula el aborto en casos de violación, se escucharon las observaciones de médicos y expertos en el área de salud, quienes pusieron reparos a la objeción del presidente Guillermo Lasso, ya que consideran que no se enfoca en los derechos humanos ni se apega a la evidencia científica, sino que se impone el criterio personal del mandatario.
La sesión se desarrolló la tarde del lunes 21 de marzo, en la cual participaron Fernando Cornejo, psiquiatra y exviceministro de Gobernanza y Vigilancia de la Salud Pública; Inti Quevedo, médica y exsubsecretaria de Vigilancia Epidemiológica; César Paz y Miño, médico genetista y miembro de la Academia Ecuatoriana de Medicina; Carina Vance, exministra de Salud y expresidenta del Comité Ejecutivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS); y Ana Lucía Martínez, médica general, especialista en salud sexual y reproductiva.
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Los invitados enfocaron sus intervenciones en dos temas: los requisitos que propone el Ejecutivo para que una víctima de violación pueda acceder al aborto y la objeción de conciencia institucional en hospitales del sector privado.
En el veto el presidente establece que se debe cumplir con al menos uno de tres requisitos: presentar una denuncia, firmar una declaración juramentada y realizarse un examen de salud –el cual deberá ser certificado por un médico, donde se exponga que se hallaron indicios de la agresión sexual–.
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En cuanto a la objeción de conciencia, uno de los puntos incorporados por Lasso, permite que las casas de salud del sector privado puedan alegar objeción de conciencia de forma institucional para no atender un aborto; esto queda prohibido para los hospitales estatales, según el veto.
Además, la postura del Ejecutivo es que el aborto no es un derecho, sino que se trata de una excepción que aplica para las víctimas de violación, de acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional (CC). Por tanto, la objeción de conciencia por parte del personal de la salud, en este aspecto, no vulneraría ningún derecho.
Inti Quevedo expuso un informe reciente de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El documento titulado Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud apunta que en los países donde el aborto legal tiene muchas restricciones o no está disponible, “con frecuencia un aborto sin riesgos se ha vuelto en el privilegio de los ricos, mientras que las mujeres de escasos recursos no tienen otra opción que acudir a proveedores inseguros, que provocan la muerte y morbilidades que se convirtieron en la responsabilidad social y financiera del sistema de salud pública”.
Quevedo insistió en que solicitar a la víctima una declaración jurada o una denuncia es una barrera. “El veto presidencial dice todo lo contrario a lo que recomienda la OMS”, enfatizó la exsubsecretaria de Vigilancia Epidemiológica y agregó que la OMS conmina, entre otras cosas, a que las mujeres puedan contar con servicios de salud accesibles y disponibles fácilmente para tener un aborto sin riesgos.
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Fernando Cornejo criticó que entre los antecedentes del veto uno de los primeros puntos sea la posición personal del presidente de la República, en la cual reitera su convicción de defender la vida desde la concepción. El exviceministro mencionó que el tema que aborda la ley trata de una política pública que debería basarse en los mejores datos y evidencia científica, que las opiniones y puntos de vista personales no deben influir.
Cornejo apuntó que la objeción de conciencia es una excepción, no una regla, que busca proteger derechos individuales, no es un derecho colectivo. Por ello, rechazó la intención de que los centros del sector privado sí puedan alegar objeción de conciencia institucional. Señaló que “haciendo objeción de conciencia no se pueden vulnerar los derechos de las víctimas o de quien requiere un servicio de salud”.
En ese sentido, la exministra de Salud Carina Vance dijo que la manera como está concebida la objeción de conciencia institucional daría paso a que en varios establecimientos no exista el servicio de salud para atender abortos por violación. Asimismo, Vance indicó que habría un retroceso de derechos al limitar en doce semanas el acceso al procedimiento, ya que en el caso de las mujeres con discapacidad no existía un tiempo límite antes de la ley.
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Por su parte, Ana Lucía Martínez añadió que dar paso al veto perjudicaría a las víctimas de violación, especialmente a las que viven en zonas rurales y de difícil acceso, debido a que los requisitos que se piden no consideran la realidad de las mujeres violentadas. Además, mencionó que no está claro cuáles son los signos clínicos que debe identificar el médico cirujano para emitir una certificación juramentada de que la paciente ha sufrido una violación. “El presidente parte desde el principio de que todas las mujeres mienten”, lamentó Martínez.
César Paz y Miño, quien ha participado en varias ocasiones en el debate de la ley, conminó a la Asamblea a no allanarse al veto y ratificar el texto aprobado por el pleno. Que las condiciones establecidas en la objeción presidencial “atentan contra los derechos de las mujeres”, las discrimina y revictimiza. Esto desembocaría en que las mujeres “tengan miedo” de acudir al sistema de salud.
La Comisión de Justicia continuará el análisis en los siguientes días. El trámite se inició el 19 de marzo y se fijó un plazo de ocho días para elaborar un informe no vinculante que se discutirá y votará en el pleno. La Asamblea aprobó el pasado 17 de febrero la ley que regula el aborto en caso de violación, en tanto que el presidente Guillermo Lasso emitió el veto, con 61 objeciones, el 15 de marzo. (I)