Este domingo 20 de agosto, más de 13 millones de ecuatorianos están habilitados para sufragar en las elecciones anticipadas para escoger un binomio presidencial, 137 asambleístas y decidir sobre la extracción petrolera en el Yasuní.

Para esta jornada, el Consejo Nacional Electoral calificó a cuatro personas jurídicas y una natural para que realicen encuestas a boca de urna.

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Según el reglamento aprobado, la encuesta a boca de urna “será el procedimiento o mecanismo especializado de encuestas electorales realizado por personas naturales y jurídicas, a través de las cuales se procesará la información sobre la tendencia de votación proporcionada por los electores después de haber ejercido el sufragio, información que será recogida fuera del recinto electoral el día de las elecciones”.

Las personas que realizan las encuestas a boca de urna deberán tener una identificación clara y visible, solo podrá abordar al sufragante en los exteriores del recinto electoral.

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Los resultados de estas encuestas podrán difundirse a través de los medios de comunicación social tradicionales o digitales solo después de las 17:00, que es la hora en que se cierran las votaciones. Aquellos que no estén inscritos no pueden hacer públicos sus sondeos. (I)