Al menos cuatro de los dirigentes de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) que recibieron amnistía por su participación en las protestas de octubre del 2019 están nuevamente liderando las que se iniciaron este 13 de junio por convocatoria de la misma agrupación en contra del gobierno de Guillermo Lasso.

Ellos son Leonidas Iza, quien es presidente de la Conaie; Arturo Cachipuendo, encargado del área de Fortalecimiento Organizativo de la confederación; Severino Sharupi, presidente de la Federación de la Nacionalidad Shuar de Pastaza (Fenash), y Marlon Vargas, quien preside la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía (Confeniae), filial de la Conaie.

Sus nombres constan en la nómina de los 270 amnistiados por la Asamblea Nacional el pasado 10 de marzo con el voto de 99 legisladores de las bancadas de UNES, Pachakutik, Izquierda Democrática e independientes. El informe fue elaborado por la Comisión de Garantías Constitucionales del Parlamento.

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De esos beneficiados, al menos 60 participaron en las movilizaciones del 2019 contra Lenín Moreno y fueron investigados por diferentes delitos relacionados con las protestas sociales; el resto fueron procesados en otras causas referidas a derechos colectivos y administración de justicia indígena.

Conozca en detalle quiénes han sido amnistiados en Ecuador desde el 2000

Iza tenía seis investigaciones abiertas en su contra. Cachipuendo, Sharupi y Vargas, una cada uno.

Jaime Vargas (centro) era el presidente de la Conaie en el 2019; Leonidas Iza era dirigente del movimiento indígena en Cotopaxi. Foto de Archivo

En el artículo 101 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa se indica que la amnistía extingue el ejercicio de la acción penal, la pena y sus efectos jurídicos, respecto a la presunción o el cometimiento de los delitos políticos o conexos con lo político.

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En la norma se explica que resuelta la amnistía no podrán ejercerse acciones penales ni iniciarse proceso penal alguno por dichos delitos. Y además se señala que si con anterioridad se inició un proceso penal, la pretensión punitiva se extinguirá mediante auto dictado por el juez competente, que no admitirá consulta ni recurso alguno. Si existe sentencia condenatoria, se entenderá como no impuesta la pena, y quedan cancelados todos los efectos de aquella, inclusive los civiles.

A causa de las recientes protestas, Iza fue detenido por la Policía Nacional la madrugada de este 14 de junio. Según el ministro del Interior, Patricio Carrillo, el presidente de la Conaie fue aprehendido cuando bloqueaba una vía en Cotopaxi, sitio desde el cual habría dado directrices para las protestas.

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Fue trasladado a la Unidad de Flagrancia en Quito, pero luego se lo movilizó a Latacunga, donde se realizó la audiencia de formulación de cargos por parte de la Fiscalía General. Lo acusó del delito de paralización de servicios públicos, que está tipificado el artículo 346 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La jueza ordenó su liberación y le impuso como medidas alternativas a la prisión preventiva la prohibición de salida del país y la presentación periódica ante la autoridad.

El exlegislador y catedrático Henry Cucalón explica que las amnistías concedidas a estos dirigentes significaron “borrón y cuenta nueva” con relación a los delitos cometidos en el 2019. “Pero cualquier nuevo proceso producto de nuevos quebrantamientos legales no tiene nada que ver con la concesión de esas amnistías, (ellos) pueden ser denunciados, procesados y, ojalá, sentenciados”, señala.

Desde el 2000, los órganos legislativos de Ecuador han resuelto amnistías en 19 ocasiones a favor de al menos 1.500 personas

“Y en el caso de las personas que recibieron esa amnistía recientemente ya se ve que creen que tienen una impunidad eterna, y ese fue el mal mensaje que dio la Asamblea Nacional al darles ese beneficio. Algunos de ellos confunden la sedición con la movilización, confunden los procesos democráticos”, reflexiona.

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El jurista Pablo Encalada dice que como las amnistías tienen como consecuencia jurídica el “perdón y olvido”, los delitos de octubre del 2019 no existieron, es decir, no se puede considerar a los líderes del paro nacional como “reincidentes”.

“Ahora, lo que está pasando hace muy difícil que puedan ser nuevamente amnistiados. ¿Con qué calidad moral podría hacerse un nuevo pedido en ese sentido? Eso los deja en una situación de exposición en la que la posibilidad de que se perdonen y olviden sus excesos otra vez sería nula”, indica Encalada. (I)