La Fiscalía asegura que ha demostrado que el programador sueco Ola Bini accedió sin autorización al sistema de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) con el objetivo de intentar obtener información del contenido digital del sitio alterno de contingencia de los sistemas críticos de la Presidencia de la República, ubicado físicamente en el edificio La Previsora, en Guayaquil.

En cinco días de audiencia de juicio contra Bini, quien es acusado de ser el autor del delito de acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones, la Fiscalía presentó 10 pruebas testimoniales, 7 periciales y 25 documentales para no solo demostrar que es el autor directo del delito perseguido, sino también que él no tenía relación de dependencia, no realizaba actividad comercial o profesional, ni ostentaba las calidades de socio, accionista o administrador de alguna compañía legalmente registrada y constituida en este país.

El sueco Ola Bini enfrenta su quinto día de audiencia de juicio por la acusación de acceso no consentido a un sistema informático

Carlos Soria, abogado del experto informático sueco, fue quien empezó este miércoles a evacuar la prueba pericial, testimonial y documental en el sexto día de diligencia. Él espera que las pruebas hablen en el proceso y se dejen de hacer acusaciones para pretender convicciones en los jueces de cosas que jamás sucedieron, pues, dice, “nunca existió un delito, jamás existió un acceso”.

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“Hay un informe de organizaciones internacionales que descubre y desnuda en su totalidad las irregularidades dentro de todo el proceso, desde la rueda de prensa de la exministra María Paula Romo hasta lo que pasó con la recusación de la jueza Yadira Proaño. Incluso en los tres primeros días de audiencia en donde los observadores estuvieron aquí y presenciaron esto”, dijo Soria.

Según la Fiscalía, en audiencia se “probó que el ciudadano extranjero y la empresa internacional ThoughtWorks (que tiene una sucursal en Ecuador), en la que –aparentemente– prestaba sus servicios, eran cercanos al exasilado político en la Embajada del Ecuador en Londres Julián Assange. Es así que Ola Bini lo visitó quince veces, al igual que los empleados de dicha empresa”.

José Charry, otro de los abogados del extranjero, insiste en que la Fiscalía lo que ha tratado de regenerar mediante su prueba es dejar la visión de que Ola Bini es una persona con características personales incorrectas o con amigos incorrectos, pero nada ha probado respecto de los actos por los que se lo está procesando penalmente.

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El delito de acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones está tipificado y sancionado en el artículo 234 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y prevé una pena privativa de la libertad que puede ir de tres a cinco años. (I)