El presidente Daniel Noboa convocó este viernes, 19 de septiembre, a un referéndum para que los ecuatorianos decidan si se elimina la prohibición constitucional a las bases militares extranjeras en territorio nacional.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aún debe determinar la fecha en la que los ecuatorianos volveremos a las urnas para pronunciarnos a favor o en contra de esta pregunta, que ha sido catalogada como un referéndum.

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¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

Si la mayoría se pronuncia a favor, se sustituirá además el artículo 5 de la Constitución de la Republica del Ecuador por el siguiente: “Art. 5.- El Ecuador es un territorio de paz”.

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¿Qué es un referéndum?

El referéndum es un proceso constitucional que se convoca con el fin de cambiar algún artículo o tema específico de la Constitución, si se aprueba por la ciudadanía. En el caso de la consulta popular, algunos resultados podrían derivar en un cambio en un artículo de la Constitución, mas no es realizada con este fin en particular.

Sobre los referéndums, el artículo 441 de la Constitución especifica: la enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará:

  • Mediante referéndum solicitado por la presidenta o presidente de la República, o por la ciudadanía con el respaldo de al menos el ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral.
  • Por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. El proyecto se tramitará en dos debates; el segundo debate se realizará de modo impostergable en los treinta días siguientes al año de realizado el primero. La reforma solo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. 

¿Qué es una consulta popular?

La consulta popular es un recurso de participación ciudadana que permite, por medio de una votación, consultar a los ciudadanos ecuatorianos sobre temas que afecten al país a nivel político, económico o social.

Según el artículo 104 de la Constitución del Ecuador: “El organismo electoral correspondiente convocará a consulta popular por disposición de la presidenta o presidente de la República, de la máxima autoridad de los gobiernos autónomos descentralizados o de la iniciativa ciudadana”.

El artículo 106 de la Constitución continúa: “El Consejo Nacional Electoral, una vez que conozca la decisión de la presidenta o presidente de la República o de los gobiernos autónomos descentralizados, o acepte la solicitud presentada por la ciudadanía, convocará en el plazo de quince días a referéndum, consulta popular o revocatoria del mandato, que deberá efectuarse en los siguientes sesenta días”.

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