A través de una carta de tres páginas, la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE) se dirigió el 13 de enero a los legisladores de la Asamblea Nacional por el proyecto de ley que garantiza la interrupción voluntaria del embarazo de niñas, adolescentes y mujeres en caso de violación. El documento hace referencia a las condiciones y requisitos que la Corte Constitucional (CC) ordenó establecer.

“El actual proyecto de ley se concentra únicamente en el aborto como única alternativa para las mujeres víctimas de la violación y reduce al ser humano concebido a un simple producto sin ningún derecho humano”, reza el texto que lleva las firmas de Luis Cabrera, OFM, presidente de la CEE; Alfredo Espinoza, SDB, vicepresidente; y de David de la Torre, SS. CC., secretario general.

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Según la Iglesia, el proyecto de ley parte de dos supuestos sin fundamento: que el aborto es un derecho y que la vida humana no comienza con la concepción.

Además, reprocha que no sea necesaria la denuncia del delito de aborto y sostiene que atenta contra el derecho humano a la objeción de conciencia.

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La carta abierta dirigida a los asambleístas se divide en cuatro temáticas: derecho, temporalidad, denuncia y objeción de conciencia.

En el primer punto se cita al artículo 45 de la Constitución que protege la vida desde la concepción. También menciona al artículo 259 de la Ley Orgánica de Salud, que no incluye al aborto como parte de los derechos sexuales y reproductivos, ni tampoco un método de planificación familiar.

“Ninguna norma internacional, ni nacional, por lo tanto, reconoce al aborto como un derecho”, recoge el documento.

En cuanto a la temporalidad de la interrupción de embarazo, la curia asegura que la fijación de límites supone que la vida humana no comienza en la concepción. “La vida humana comienza en la concepción, tal como la ciencia médica lo demuestra, y resulta subjetivo, arbitrario y contrario a todo hallazgo técnico-científico señalar una edad de gestación hasta la que se puede abortar”.

El texto señala que las observaciones sobre el riesgo de la salud y vida de la madre, así como de la facilidad médica para abortar, dependiendo del tiempo de gestación, “nunca debe utilizarse como justificación para dar muerte de manera arbitraria y sumaria a un ser humano, aunque, en el caso de violación, no se impute ninguna pena legal a los autores del aborto”.

La Iglesia también reprocha que no se exija la presentación de una denuncia por parte de las víctimas. Considera que la falta de este procedimiento no garantiza justicia. “El violador queda en la impunidad y la mujer permanece desprotegida por parte del Estado”.

Finalmente, sobre la objeción de conciencia insiste en que es un derecho humano reconocido por la Constitución “y no un privilegio de una minoría”. Que el Estado debe respetar las creencias y convicciones de cada persona.

Por tanto, el personal médico no debe ser obligado a practicar un aborto en contra de sus convicciones médicas, éticas y morales, más aún bajo la amenaza de penas, como la cárcel o la multa.

La carta de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana apareció un día antes de que la Comisión de Justicia de la Asamblea se reúna nuevamente el viernes 14 de enero para revisar la temporalidad aprobada para acceder al aborto por violación. La sesión contará con la participación de médicos, científicos y expertos.

Inicialmente, el 10 de enero, la mesa legislativa decidió, con seis votos a favor, determinar que la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación pueda realizarse hasta las 28 semanas de gestación (siete meses) para mujeres mayores de 18 años y sin plazo para niñas, adolescentes menores de 18 años y mujeres con discapacidad. (I)