La celeridad de la Comisión de Fiscalización en el archivo de tres solicitudes de juicio político en contra de cuatro exsecretarios de Estado del gobierno de Guillermo Lasso fue cuestionada por no observar procedimientos y dejar que sea el pleno del Parlamento el que resuelva el archivo de los pedidos de interpelación como lo señala la ley orgánica de la Función Legislativa.
El pasado 13 de diciembre, con los votos de los delegados del movimiento Revolución Ciudadana (RC), del Partido Social Cristiano (PSC) y de Acción Democrática Nacional (ADN) se procedió a archivar mediante resolución los pedidos de juicio en contra de los exsecretarios Patricio Carrillo, Diego Ordóñez y Paola Flores, y dos solicitudes de interpelación en contra del exministro de Transporte y Obras Públicas, Darío Herrera.
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Desde octubre de 2020, con las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa se regló que el archivo de los juicios políticos se definen en el pleno de la Asamblea Nacional y no en la mesa de Fiscalización, esto en razón de las críticas de que la Comisión de Fiscalización era una instancia de archivo.
También se suspendió el trámite del juicio político en contra de cuatro consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE): Diana Atamaint, José Cabrera, Enrique Pita, Esthela Acero y el exconsejero Luis Verdesoto, planteado por Abad y Mario Ruiz. Este proceso se suspendió, mediante moción presentada por Sofía Espín (RC), quien señaló que actualmente están en marcha procesos electorales en el país.
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Los dos únicos procesos que se tramitarían es un juicio en contra del exministro de Inclusión Económica y Social Esteban Bernal, y en contra de los vocales del Consejo de la Judicatura (CJ) Fausto Murillo y Juan José Morillo, promovido por los exasambleístas Xavier Santos (antes ID) y Luis Almeida (antes PSC).
El procedimiento aplicado para archivar las tres solicitudes de juicio no cumplió con lo que establece la normativa, afirmó el asambleísta Pedro Velasco (IND), quien en el anterior periodo legislativo integró la Comisión de Fiscalización. Dijo que en plena época navideña parece que llegaron las ofertas a la Comisión de Fiscalización y en combo se archivaron los pedidos de juicio de un solo tajo, lo cual no permite la ley.
La Ley Orgánica de la Función Legislativa determina en su artículo 81, inciso final, que mientras está en trámite un juicio político no podrá avocarse conocimiento de otro hasta que termine, porque cada proceso es independientes y autónomo y no se puede mediante moción archivar tres solicitudes de juicio en una misma sesión, y además no es facultad de la comisión archivar pedidos de juicio, sino del pleno de la Asamblea, para lo cual deberá trasladar un informe con las razones que llevan a recomendar el archivo, explicó.
Si la Comisión de Fiscalización decidió que ya no podía prosperar el juicio político, lo que debió señalar es que en vista de ausencia de interpelantes el pleno debe resolver el camino a seguir sea archivando o reemplazar a los interpelantes, pero tenía que hacerlo uno por uno y no en combo, lo cual es grave “y se está violentando procedimientos que en algún rato inclusive la Corte Constitucional puede observar este tipo de procedimientos”.
Se debió garantizar el debido proceso antes de aprobar una resolución de archivo, primeramente verificar el cumplimiento de requisitos de la solicitud de juicio político que se presentó, avocar conocimiento de la solicitud, notificar al exfuncionario enjuiciado; pero “lo único que nos queda claro es que los sectores políticos que actúan en la Comisión de Fiscalización lo que buscan es acabar con todos los juicios pendientes para que venga rápido el de la fiscal general del Estado, Diana Salazar”, subrayó.
El jefe de la bancada del PSC, Vicente Taiano, manifestó que el archivo de los juicios políticos se definen en el pleno y que se tiene que poner en el orden del día para tomar decisiones a base de los informes que presente la Comisión de Fiscalización y podrá sustituir a los asambleístas actuantes en los juicios, en caso que resuelva continuar con los procesos.
Dijo que como pleno siempre podrá revisar y resolver como última instancia respecto al juicio contra el exministro de Transporte y Obras Públicas Darío Herrera, y es importante conocer cuál será el punto que pondrá el presidente de la Asamblea en conocimiento del pleno; es decir, si es el informe de la Comisión o valoración en relación de la decisión.
De manera general, en el tratamiento de los juicios políticos, la Comisión de Fiscalización ha tenido una interpretación diferente de lo que el tenor literal de la norma dice. En lo de fondo hay un informe y el pleno lo va a conocer y como ente máximo de decisión en la Asamblea tendrá que tomar una decisión.
Se pidió un pronunciamiento de los delegados de RC en la mesa de Fiscalización sobre el procedimiento aplicado para archivar tres solicitudes de juicio, pero no quisieron hablar a la prensa y señalaron que su posición se expresó en la sesión de la comisión.
El exsecretario de la Comisión de Fiscalización Santiago Becdach dijo que el archivo de un juicio político a un funcionario o exfuncionario es exclusivo de la mesa cuando incumple el artículo 131 de Constitución, como firmas de respaldo y más formalidades, caso contrario no se puede hacer.
En los procesos de los exsecretarios Diego Ordóñez y Patricio Carrillo, esos ya fueron calificados por la Comisión de Fiscalización y tenía que continuar con su trámite, solo estaba suspendido.
Lo que sorprende, añadió Becdach, es que en el juicio a Darío Herrera, que cumplía con los requisitos se archiva, sin que antes se remita al pleno de la Asamblea para ver si se asignan a nuevos interpelantes, porque el 131 de la Constitución no habla de que se puede archivar por falta de interpelante.
En el caso de la suspensión del juicio político en contra de los vocales del CNE, no debió suspenderse sin antes obtener una certificación del Consejo Nacional Electoral de que están en periodo electoral, la resolución surgió porque una de las asambleístas proponentes consideró que están en proceso electoral, pero no existe certificación al respecto. (I)