El asambleísta del bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) Jorge Chamba Cabanilla enfrenta una denuncia por presunto nepotismo y gestión de nombramiento de cargo público al solicitar la contratación de su pareja en unión de hecho como asesora nivel 1 en su despacho con una remuneración de $ 3.014 mensuales.
La denuncia fue presentada por el asambleísta César Palacios Alejandro, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), e ingresó la documentación a la Asamblea el 28 de agosto de 2025.
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Palacios explicó que la denuncia se basa en la violación al numeral 3 del artículo 127 de la Constitución donde se prohíbe “gestionar nombramientos de cargos públicos”. Y al solicitar la contratación de su pareja en unión de hecho, Lindsy Macías Alarcón, como asesora nivel 1 en su despacho, apenas cinco días después de asumir funciones (19 de mayo de 2025), el asambleísta gestionó activamente un nombramiento público.
Este cargo, financiado con erario estatal, no solo implica la selección y aprobación del contrato, sino también la supervisión y mantenimiento del mismo hasta su supuesta renuncia en agosto de 2025. Esta acción configura una gestión prohibida en la legislación ecuatoriana.
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Al designar a su pareja sentimental, añade la denuncia, con quien Chamba comparte una hija y convivencia evidente, lo que configura una unión de hecho, el asambleísta acusado tiene como beneficio indirecto lealtad incondicional en su despacho, control sobre fondos públicos destinados a su entorno familiar y potencial desviación de recursos.
“Aquí se ha gestionado un puesto público a favor de alguien que tiene un impedimento legal manifestado por el mismo asambleísta Jorge Chamba. No nos hemos inventado nada. Y por otro lado, también se configura el nepotismo tipificado en el 230 de la Constitución, 169 la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio Público”, puntualizó Palacios, quien dijo que el caso primero pasará a conocimiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y luego se tendrá que remitir al Comité de Ética de la legislatura para su trámite.
El legislador de la RC indicó que interpuso la denuncia porque pasaron varios días y pensaron que “el presidente Niels Olsen iba a actuar de la misma manera con la que actuó con el asambleísta que estaba dibujando en lugar de trabajar”. Sin embargo, afirmó, no lo hizo, eso refleja complicidad. Por eso “nos vimos abocados a presentar la denuncia para contribuir hacia una Asamblea transparente e idónea”.
El incumplimiento de la prohibición constitucional y los hechos relatados configura la causal de destitución contemplada en el art. 127 numeral 3 de la Constitución de la República, dijo el legislador que formuló la denuncia, y además señaló que los hechos implican potenciales responsabilidades civiles e inclusive penales, lo que se agrava con el hecho de que el asambleísta Chamba mantiene el contrato posescándalo y lo defiende públicamente, ignorando el sentido nacional y la rendición de cuentas que exige la norma. Esto no solo erosiona la confianza pública de la Asamblea Nacional, sino que perpetúa prácticas irregulares, contraviniendo el Estado constitucional de derechos.
Según el legislador Palacios, este tipo de actos menoscaban la credibilidad de esta Función Legislativa.
Dijo que se sabe que Lindsy Macías habría renunciado al cargo, pero que eso no exime la responsabilidad del asambleísta Chamba, ya que “el nombramiento generó un acto de corrupción”, pues en redes sociales manifiesta que es su esposa, incluso tiene descendencia y por lo tanto a confesión de parte, relevo de pruebas", anotó.
Respecto al nepotismo, el asambleísta César Palacios explicó que el artículo 230 numeral 2 de la Constitución lo prohíbe. Aunque no exista un matrimonio legal, la unión de hecho registrada, la relación sentimental prolongada con Lindsy Macías, que incluye convivencia, paternidad compartida y referencias públicas como “mi esposa”, en redes sociales, genera un vínculo familiar que el Código Civil lo reconoce como unión de hecho.
Por lo tanto, al contratar a su pareja como asesora 1 en su despacho con un sueldo que supera los $ 3.000, el asambleísta favoreció a Macías, utilizando fondos públicos para un beneficio personal indirecto e ilegítimo.
Según la denuncia, la gestión de contratación de Lindsy Macías por parte del asambleísta Jorge Chamba constituye una violación directa a las prohibiciones de nepotismo y gestión de cargos públicos.
La unión de hecho demostrada por tener una convivencia, hija en común y referencias públicas como su “esposa”, lo que implica que incurre en la prohibición de los artículos 127 numeral 3 y 230 numeral 2 de la Constitución de la República; los artículos 159 y 163 de la ley orgánica de la Función Legislativa; artículo 7 de la Ley Orgánica de Servicio Público y artículo 4 de la Reforma al Reglamento Interno de Talento Humano de la Asamblea Nacional. (I)