NOTICIAS

Publicidad

Amnistía genera que caso por paralización de un servicio público sea archivado en la Corte Nacional; el único de los procesados preso recuperó su libertad

Por la paralización de un servicio público ocurrido en las movilizaciones de octubre de 2019, en la provincia de Sucumbíos, fueron procesadas nueve personas.

Quito. 22/03/2022. En la imagen constan los procesados por el delito de paralización de un servicio público ocurrido durante las movilizaciones de octubre de 2019. Las audiencias se dieron en la CNJ por el fuero que cobijaba en ese entonces al asambleísta Yoffre Poma. Santiago Molina/El Universo. Foto: El Universo

Publicidad

El archivo del proceso penal, la extinción de la pena, la cancelación de todos los efectos de la condena, inclusive de índole civil, son parte de la resolución que adoptó el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Luis Rivera en el caso por el delito de paralización de un servicio público, en el que fueron amnistiados el exlegislador del correísmo Yoffre Poma y ocho personas más.

El único de los nueve procesados que estaba detenido por los hechos ocurridos durante la movilización violenta de octubre de 2019 en la ciudad de Lago Agrio, en la provincia de Sucumbíos, era Roberto Pachacama, quien fue condenado a cuatro años de prisión como autor directo. Él salió de la cárcel luego que se notificó formalmente con la boleta de excarcelación.

SNAI retira el grillete electrónico a la prefecta Paola Pabón y al parlamentario andino Virgilio Hernández; ese es el efecto de la amnistía otorgada

El resto de procesados se mantenía en libertad, pues accedieron a recursos como la suspensión condicional de la pena e incluso
a uno de ellos, Humberto Chávez, se le ratificó en su momento el estado de inocencia.

Publicidad

La providencia de Rojas recoge lo señalado en el Informe de Amnistías planteado por la Comisión de Garantías Constitucionales y aprobado el 10 de marzo pasado por 99 votos del pleno del Legislativo.

En el documento se explica que en virtud de este proceso de amnistía se extingue el ejercicio de la acción penal por los hechos investigados, respecto a la presunción o cometimiento de los delitos políticos o con nexos con lo político. Se aclara que no podrán ejercerse acciones penales ni iniciarse proceso penal alguno por dichos delitos.

Por otro lado, se indica que en los procesos iniciados, la pretensión punitiva se extinguirá mediante auto dictado por el juez competente y de este no se admitirá consulta ni recurso alguno. De existir sentencia condenatoria, se entenderá como no impuesta la pena, quedando cancelados todos los efectos de tal sentencia, inclusive los civiles, se dispondrá el archivo de los procesos penales en curso, la inmediata excarcelación en caso de las personas detenidas, la revocatoria de órdenes de captura y la extinción de cualquier medida cautelar real o personal y pena alternativa a la prisión.

Publicidad

Amnistías se basan en análisis de delitos presentados como lucha social, derecho a la resistencia y administración de justicia indígena

Yofre Poma, al igual que otros cuatro procesados, recibió una sanción de un año y cuatro meses de cárcel al ser declarado cómplice en el caso. Al exlegislador, en abril de 2020, se le otorgó la suspensión condicional de la pena y se encontraba en libertad.

Según Fiscalía, los procesados por paralización de un servicio público participaron en el ingreso violento a las instalaciones del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE) en Sucumbíos y obligaron a dos técnicos a paralizar el paso de crudo. A decir de la empresa pública Petroecuador, la paralización de más de dos horas produjo una pérdida al país de $ 1,7 millones. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad