Los obreros del sector de la construcción que trabajan sobre los 1,8 metros de altura requieren de un sistema de protección colectiva contra caída de personas y objetos.

Las medidas de prevención incluyen también la colocación de una red especial que sostenga o amortigüe las posibles caídas de los obreros que trabajan en una losa y la señalización interior de los espacios vacíos (donde van las escaleras y los ascensores) para prevenir accidentes laborales.

Al igual que barandas metálicas en los perímetros de las losas no terminadas o un arnés sostenido a una línea de vida que tenga una resistencia de 5.000 libras, en donde exista riesgo de caídas de altura.

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El objetivo es precautelar la vida de los trabajadores de una construcción y la integridad de los transeúntes, de los que viven y de los bienes inmuebles que están alrededor de una obra que pueden verse afectados por la caída de escombros, por ejemplo. Toda obra tiene que cumplir esta y otras disposiciones establecidas en el Reglamento 174 de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas expedido en enero del 2008.

Carlos Arcentales Trujillo, gerente de AR SAFETY y experto en este tipo de medidas de prevención, define a las protecciones colectivas como “elementos que protegen a varios trabajadores al mismo tiempo evitando caídas al vacío y otros accidentes que se puedan dar”.

El incumplimiento es más notorio en las obras pequeñas como edificaciones de casas o ampliaciones, en las que no se aplican estas medidas de prevención.

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Pero tampoco se observan estas medidas en las obras más grandes, como en edificios que superan los cuatro pisos de altura. “Solo siete de unos quince edificios grandes que se construyen actualmente en el Gran Guayaquil utilizan medidas de protección colectiva”, indica Arcentales, es decir, un 45 %.

El cumplimiento es casi total en las construcciones más grandes, cuyo financiamiento depende de capitales extranjeros o en la obra pública. “El Ministerio del Trabajo sería el llamado a controlar la aplicación, pero hay muy pocos inspectores, de ahí el incumplimiento, no se alcanzan, incluso hay sanciones”, manifiesta.

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El costo de aplicación de las medidas de seguridad depende de la envergadura de la obra, pero en promedio no supera el 1 % del costo final del proyecto.

La Organización Mundial de la Salud recomienda asignar entre el 2 % y el 3 % del costo del proyecto para financiar las medidas de seguridad, que incluyen capacitación ante posibles riesgos.

El Observatorio Ecuatoriano de Seguridad y Salud en el Trabajo (OESST) de la Universidad Espíritu Santo (UEES) realiza investigaciones sobre las lesiones por accidentes de trabajo que dejan incapacidad temporal en obreros del sector de la construcción.

Su estudio más reciente analizó el periodo 2014-2019, seis años en los que se reportaron un total de 5.927 accidentes de trabajo en el sector de la construcción al Seguro General de Riesgos del Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El número incluye al personal administrativo, operativo y de oficina.

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De estos, el 64 % correspondió a obreros (3.807), es decir, los que se accidentaron en medio de las obras, que en su mayoría tuvieron lesiones graves y muy graves con incapacidad laboral.

Incluso, 167 obreros murieron debido a esos incidentes en los seis años analizados.

En el 2020, un año marcado por la pandemia debido al COVID-19, los accidentes de trabajo en la construcción disminuyeron un 60 % respecto al 2019.

Antonio Gómez García, director del OESST-UEES, asegura que excluyó los datos del 2020 del estudio porque es considerado como un año atípico, ya que la mayor parte de las actividades formales se suspendieron.

Lo aconsejable, dice, era excluir de la evolución de casos para no distorsionar la problemática.

Aun así ya se evidenciaba una reducción del número de accidentes en el sector desde antes de la pandemia. De hecho, la tasa de trabajadores de la construcción lesionados pasó de 70 por cada mil obreros con relación de dependencia (afiliados al IESS) en 2014, a 17,5 por cada mil en 2019.

Sin embargo, añade Gómez, estas cifras enmascaran la verdadera realidad por dos motivos.

El primero se sustenta en otro estudio del OESST-UEES en el que se concluyó que entre el 81 % y el 96 % de los potenciales accidentes laborales del sector no son notificados, por lo tanto quedan excluidos de las estadísticas oficiales del IESS.

Los casos no reportados se resuelven de forma directa en negociaciones entre los afectados y sus familiares y los constructores.

“Este problema de subnotificación es similar a la mayoría de los países de Latinoamérica y, particularmente, más notorio en pequeñas empresas donde es latente la ausencia de una cultura de seguridad, y donde las medidas de protección colectivas como las personales brillan por su ausencia durante el desarrollo de los proyectos de construcción”, indica Gómez.

El segundo motivo es que el desempleo ha aumentado en los últimos años, dice, más aún en la construcción.

“Esto se observa particularmente en el 2020, lo cual también es un factor determinante de los descensos apreciados, es decir, la disminución de la población afiliada al seguro social y en riesgo de sufrir un accidente de trabajo (obreros de la construcción) repercute en el resultado de las tasas de incidencia que muestran tendencias a la disminución”, asegura.

El número de obreros de la construcción afiliados a la seguridad social pasó de 17.873 en el 2014 a 7.351 en el 2019, una reducción del 59 %. Con menos trabajadores cubiertos por el Seguro de Riesgos de Trabajo del IESS hay menos posibilidad de accidentes laborales, que son los que finalmente se reportan y van a la estadística oficial.

Las medidas de protección colectiva e individual en construcciones ayudan a mitigar o evitar las caídas de los obreros con desenlaces fatales. Foto: CORTESÍA AR SAFETY

Luis Romero, representante de la Federación de las Cámaras de la Construcción ante el Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo, afirma que el problema se da porque la mayoría de los propietarios de obras y los constructores no incluyen en sus presupuestos referenciales el financiamiento de la prevención, capacitación y protección colectiva, como lo dispone el reglamento 174. “Esto a pesar de que son solidarios responsables desde el dueño de la obra, el diseñador, el constructor y el fiscalizador. Al no constar ese rubro, entonces se omite”.

La normativa incluye los lineamientos para investigar cada caso y determinar responsabilidades. “El culpable de un accidente laboral no solo puede ser el constructor, también el fiscalizador o el propietario de la obra que no aprobó un presupuesto para financiar las medidas de prevención que hubieran evitado el incidente o reducido el impacto”, afirma Arcentales.

Cada caso oficial reportado es investigado por el IESS. Si se determina que el responsable del incidente es el empleador, este último financia la indemnización que varía según sea la incapacidad temporal, permanente o incluso la muerte.

Hay casos de trabajadores fallecidos en medio de una obra por los que el empleador pagó al IESS hasta $ 90.000 para cubrir la indemnización que se da a sus familiares.

Si el incidente se dio por negligencia del trabajador, el IESS cubre la contingencia. El 3,3 % de los accidentes de trabajo en el sector de la construcción corresponde a caídas de obreros desde las alturas.

Las medidas de protección colectiva están incluidas en el capítulo seis del reglamento citado, entre los art. 111 y 116, seguidas por las individuales hasta el art. 118.

En esta legislación se detallan las normas de seguridad que se deben implementar en los diferentes tipos de obras de construcción. Desde normas básicas de acceso y equipos de protección personal para trabajadores, como botas, cascos y protectores de ojos y oídos.

“Somos conscientes que el sector de la construcción sigue constituyendo un problema importante de salud laboral por los altos costos sociales, económicos y sanitarios que generan los accidentes de trabajo, por lo que es ineludible continuar investigando la siniestralidad laboral para ofrecer una solución práctica y viable que facilite un conocimiento más específico para la formulación de programas y estrategias específicas de seguridad y salud en el trabajo, orientados a la prevención y disminución de accidentes de trabajo en el sector construcción” asegura Gómez. (I)

Se deben colocar redes especiales en las inmediaciones de la losa donde están trabajando los obreros. Esta es una de las medidas de protección colectiva. Foto: CORTESÍA AR SAFETY