Para beneficiarse de una mayor rebaja en el pago del impuesto a la renta desde el 2023, los trabajadores en relación de dependencia deben presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales en el mes de julio. Pero ¿hasta qué día?
La resolución emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI) con las normas para aplicar a la rebaja del impuesto a la renta por concepto de gastos personales establece que por esta ocasión se deberá presentar el nuevo formulario en julio para acceder al beneficio de manera inmediata. A partir del 2024 la proyección de gastos personales se deberá entregar en febrero y si hay cambios en remuneraciones, gastos personales o cargas familiares, se podrá actualizar en junio o septiembre.
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Cómo llenar la nueva proyección de gastos personales para no pagar impuesto a la renta o pagar menos
Pero como el nuevo esquema de rebaja -basado en el número de cargas familiares- recién entró en vigencia el 1 de julio de 2023 por el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, la resolución contempla una disposición transitoria para que los trabajadores puedan actualizar sus gastos personales, declarar sus cargas familiares y aplicar a una mayor rebaja en el formulario de proyección de gastos personales que fue actualizado incluyendo un casillero para colocar el número de cargas, pues de ese número depende el tope de gastos personales que se pueden proyectar y el monto de la rebaja para el pago del impuesto.
Son consideradas cargas familiares del contribuyente:
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- Cónyuge o pareja en unión de hecho dependiente del trabajador que no debe percibir ingresos gravados. Y se debe presentar copia de la cédula de identidad donde se evidencie el parentesco.
- Hijos de hasta 21 años de edad (que no perciban ingresos gravados) dependientes del trabajador y se debe presentar copia de la cédula de identidad donde se evidencie el parentesco.
- Hijos con discapacidad de cualquier edad dependientes del trabajador y se debe presentar copia de la cédula de identidad y del carné de discapacidad emitido por la autoridad competente.
- Padres que deben dar su consentimiento expreso para ser incluidos como carga familiar del contribuyente y presentar copia de la cédula de identidad donde se evidencie el parentesco.
- Si el contribuyente o una de sus cargas familiares padece una enfermedad catastrófica, rara y/o huérfana se debe presentar copia del certificado o aval de ello remitido por el Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, según corresponda.
El formulario y la documentación de las cargas familiares se debe presentar a la empresa donde trabaje el contribuyente y es el empleador quien indica la fecha tope para entregarlo dentro de este mes de julio. Esto porque depende de los procesos internos de nómina de cada empresa, de acuerdo a una consulta realizada al SRI.
Por ejemplo, en una institución pública pasan nómina el 15 de cada mes. En empresas privadas puede ser también los 15 o 20.
De ahí que en algunas empresas se informó a sus empleados que la presentación del nuevo formulario debe darse hasta este viernes, 14 de julio.
Los empleadores deberán reliquidar el impuesto a la renta considerando la proyección de gastos personales presentada por el trabajador y la tabla del impuesto prevista en el Decreto Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar para el ejercicio fiscal 2023. Asimismo, deberán efectuar las retenciones con los valores ajustados por los pagos de sueldos y salarios relativos al mes de julio. Así lo indica la Resolución n.º NAC-DGERCGC23-00000020 del SRI emitida el 30 de junio pasado.
“Si una vez entregada la nueva proyección de gastos personales por parte del trabajador y efectuada la reliquidación, el empleador detecta que se han retenido valores en exceso durante los seis primeros meses del año, no deberá efectuar ninguna retención adicional por el resto del año. En este caso, el contribuyente podrá presentar la respectiva solicitud de devolución de impuesto a la renta acorde a la ley”, indica dicha resolución.
En enero ya se había presentado la proyección de gastos personales para el 2023 con las normas que regían entonces: un tope de gastos de unos $ 5.300, que equivalen a siete canastas básicas familiares, y una rebaja de $ 500 o $ 1.000 según el nivel de ingresos. Ahora, con la nueva ley, esa misma persona pagará menos así no tenga ninguna carga familiar y podrá no pagar nada si es que las tiene.
El formulario se puede descargar en el siguiente enlace general: https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos o para ir directo haga clic aquí.
Los empleadores son los agentes de retención del impuesto a la renta de sus trabajadores bajo relación de dependencia y realizan las retenciones de este impuesto a sus trabajadores mensualmente. Con estos cambios y recálculo habrá contribuyentes que paguen menos o que incluso ya no tengan que pagar nada.
Tiempos establecidos en resolución del SRI
- Artículo 3: Los contribuyentes que laboran bajo relación de dependencia presentarán a su empleador durante el mes de febrero, de forma electrónica o física en dos ejemplares iguales, el Formulario SRI-GP.
- Artículo 5: Cuando en el transcurso del ejercicio fiscal se produjeran cambios en las remuneraciones, el empleador efectuará la correspondiente reliquidación para efectos de las futuras retenciones mensuales. En caso de que el trabajador considere que su proyección de gastos personales o número de cargas familiares será diferente a la originalmente presentada, podrá entregar a su empleador, en el mes de junio y/o septiembre, un nuevo formulario para la reliquidación de las futuras retenciones que correspondan en ese ejercicio.
- Disposición transitoria: Para el ejercicio fiscal 2023, los trabajadores en relación de dependencia podrán presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales en el mes de julio. (I)