El proceso para la compra, almacenamiento y venta de arroz impulsado por el Gobierno sigue adelante y a partir de este lunes, 6 de octubre, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGP) notificará a las piladoras que serán delegadas para esa función, que se desarrollará en las provincias de Guayas y Los Ríos, bajo el esquema de delegación de gestión con recursos estatales.

De acuerdo con la cartera de Estado, se tiene prevista la adquisición de 24.000 toneladas de arroz cáscara, con recursos por $ 10 millones, y existen trece piladoras participantes, las cuales se encuentran en un proceso de calificación.

Para esto se expidió el Acuerdo Ministerial n.º 111, del 25 de septiembre de 2025, en el que se expidió el Instructivo para la aplicación de la figura de delegación de gestión por contratos por criterios de eficacia y eficiencia administrativa para el proyecto de interés público de compra, almacenamiento y venta de arroz.

Publicidad

Compra de arroz se debe a sobreproducción y caída del mercado de Colombia

De acuerdo con este instructivo, que incluye el pliego para el proceso de gestión delegada, este arrancó tras el pedido de gremios arroceros debido a la “drástica caída en las ventas de la gramínea”, pues las exportaciones legales de arroz ecuatoriano a Colombia cayeron un 76 % en el primer trimestre de 2025, en comparación con el mismo periodo de 2024, según lo indicado por Marcos Vinicio Ruiz, presidente de la Asociación de Industriales Arroceros (Asoinarro).

Los industriales arroceros solicitaron al MAGP que analice una alternativa más efectiva, que no sea a través de la vía de contratación pública; ya que, según el dirigente, el mismo proceso conllevaba mucho tiempo por excesiva burocracia (cronogramas en los procesos de contratación), presentación de ofertas (incluso con errores y otras incompletas), lo que resultó en la figura de delegación de gestión por contratos.

Juan Pablo Zúñiga, Daniel Alarcón y Tulio Reyes, presidente, vicepresidente y director ejecutivo de la Corporación de Industriales Arroceros del Ecuador (Corpcom), coincidieron en que el modelo de contratación pública podría no haber sido el más adecuado para esta operación debido a su lentitud, la burocracia inherente al proceso y los plazos largos para la entrega de recursos estatales.

Publicidad

Por ello, también solicitaron que se exploren alternativas legales y comerciales más ágiles, distintas a la modalidad de contratación pública, que permitan viabilizar la compra del arroz.

“El sector arrocero ecuatoriano enfrenta en los actuales momentos una situación crítica marcada por la sobreproducción del grano, lo que ha generado un exceso de inventarios que supera ampliamente la demanda nacional. A esta realidad se suman la falta de mercados internacionales estables, debido a las restricciones impuestas por países vecinos, la caída del precio del arroz en el mercado internacional, consecuentemente la caída en las exportaciones legales, lo que ha limitado las posibilidades de colocar el excedente en el exterior”, señalaron los dirigentes de Corpcom.

Publicidad

El pedido del sector industrial se basó en el Decreto Ejecutivo n.º 596, del 11 de abril de 2025, que —según Ruíz y los dirigentes de Corpcom— conecta de manera directa al Estado con los productores y se busca un modelo de comercialización inclusiva, generando un mecanismo de comercialización directa entre el MAGP y los productores de arroz.

¿Cómo funcionará la figura de delegación de gestión por contratos?

De acuerdo con el instructivo, las piladoras comprarán el arroz cáscara directamente a productores agrícolas en sacas de 205 lb (92,99 Kg), hasta 500 sacas por productor; aplicando el precio mínimo de sustentación, establecido en el Acuerdo Ministerial n.º 002, del 9 de enero 2025 ($ 36 por saca de arroz grano largo y $ 34 por saca de arroz grano corto); a partir del desembolso del dinero las piladoras tendrán un plazo máximo de dos meses para comprar la cosecha de 2025.

Los recursos (el 100 % del valor asignado) serán entregados a las piladoras seleccionadas de acuerdo con las garantías incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato presentadas y verificadas, que cubran la totalidad de los recursos, que serán transferidos a las cuentas de las piladoras según los certificados bancarios entregados.

Las piladoras dispondrán de un plazo máximo de diez meses a partir de la suscripción del contrato para la ejecución total de las actividades contractuales (compra, almacenamiento y comercialización del arroz), en caso de no cumplir con el plazo establecido se procederá con la ejecución de las garantías presentadas.

Publicidad

En caso de devoluciones del recurso de forma parcial, se dejará constancia mediante un acta de entrega-recepción parcial, antes de la constatación de la acreditación de los fondos en la cuenta del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, por parte del titular de la Subsecretaría de Información y Fomento de Comercialización Agropecuaria. Una vez que se ha ejecutado la devolución total de los recursos proporcionados por el gestor privado al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, se procederá con la elaboración del informe del cierre y liquidación del contrato y posterior devolución de las garantías mediante un acta de entrega-recepción, reza el instructivo.

¿Cómo se asignarán los recursos a las piladoras?

De acuerdo con el MAGP, para la asignación de recursos a las piladoras para la adquisición de arroz se establecerán tres categorías:

  • Piladoras de primera categoría: agroindustrias que tienen instalaciones completas, destinadas al proceso de pilado, pulimiento y clasificación de arroz. Se entenderá por instalaciones completas a las que posean piedra descascaradora, separadora, monitor, conos piladores, elevadores simples y dobles, zaranda para arroz pilado, clasificadora de arroz pilado, rodillos de caucho eléctrico y otros aditamentos y que tengan producción por hora desde 41 quintales de arroz en adelante.
  • Piladoras de segunda categoría: industrias que tienen instalaciones que sirven para el proceso de pilado, pulimento o clasificación del grano de arroz. Se trata de instalaciones semicompletas que comprenden descascaradora, monitor, zaranda para arroz de cáscara y pilado, con una capacidad de producción por hora desde 21 hasta 40 quintales, tomando en consideración los últimos adelantos y cualquier sistema que mejora esta producción. Para el registro de este tipo de piladoras deberá cancelar el 50 % de un salario básico unificado (SBU) y el registro tendrá la duración de un año calendario.
  • Piladoras de tercera categoría: instalaciones con características de molino que sirven para el proceso de pilado, pulimiento y clasificación del grano del arroz. Con una capacidad de producción por hora desde 8 a 40 quintales, tomando en consideración los últimos adelantos y cualquier sistema que mejore esta producción. Para el registro de este tipo de piladoras deberá cancelar el 25 % de un salario básico unificado (SBU) y el registro tendrá la duración de un año calendario. (I)