Como parte de la primera fase de apertura del catastro minero, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) emitió el nuevo instructivo para el otorgamiento de concesiones para minerales no metálicos o materiales de construcción, de hasta 300 hectáreas mineras, bajo el régimen especial de pequeña minería.
La normativa fue expedida el 5 de julio por la ministra del ramo, Inés Manzano. Establece el trámite a seguir para la entrega de concesiones mineras para la pequeña minería no metálica, que estén en proceso de petición a escala nacional.
De acuerdo con el instructivo, los minerales no metálicos están comprendidos por rocas y minerales que carecen de propiedades para transmitir calor o electricidad y constituyen una materia prima natural para las industrias y otras actividades económicas, como baritinas, arenas silíceas, cuarzos, limolitas, arcillas, caolines, pumitas, feldespatos, puzolanas, calizas, dolomitas, entre otros.
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Este tipo de minería sirve para la elaboración de productos de las industrias cementera y de porcelana, por ejemplo.
La solicitud de concesión se presentará de forma física en la Subsecretaría de Minería Artesanal y Pequeña Minería.
El pedido debe incluir datos e identidad del peticionario, denominación del área minera, superficie, ubicación de la concesión, número de hectáreas mineras a solicitar, entre otros elementos.
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Entre las definiciones novedosas que introduce el instructivo está la de asesor técnico. Se trata de un profesional nacional o extranjero con título de tercer nivel en geología y/o minas, debidamente registrado en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), cuya responsabilidad es elaborar y firmar el plan de trabajo e inversión que presentarán los peticionarios de concesiones.
Por otro lado, se fija un pago por derecho de trámite. Para obtener el título minero, el peticionario de la concesión deberá pagar de forma obligatoria al Ministerio de Energía y Minas el valor equivalente a cinco remuneraciones básicas unificadas.
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Considerando que el salario básico en 2025 asciende a $ 470, el valor que deberán pagar este año los solicitantes de pequeña minería no metálica será de $ 2.350 en el momento de presentar el pedido de concesión minera.
El instructivo determina la presentación de una declaración juramentada, otorgada ante notario público, con documentación de respaldo de los equipos y/o maquinaria relacionados con la extracción del mineral de interés, como excavadoras, volquetes, entre otros bienes, por medio de lo cual el peticionario demuestre ser dueño de los bienes.
Se exceptúa de esto a la vivienda, terrenos, menaje de casa y vehículos livianos.
Respecto del plan de trabajo e inversión, la norma indica que esto se refiere a la planificación, debidamente presupuestada para la operación del proyecto minero.
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De acuerdo con la disposición general primera del instructivo, los peticionarios deberán cumplir con su plan de inversión proyectado. Hay un monto mínimo de inversión de $ 70.000 para la planificación de actividades mineras de pequeña minería no metálica.
El plan de trabajo deberá contener siete parámetros, entre los que se incluyen la geología regional y local de la zona de interés, mineral no metálico de interés y otros minerales si los hubiera; descripción sistemática de las actividades y metodología de investigación que se emplearán en la exploración y/o explotación del mineral de interés; caracterización física, química y mineralógica del mineral de interés; estimación del volumen planificado de explotación (t/d); plan de contingencias; propuesta de plan de cierre de mina; plan de relacionamiento comunitario.
Además, el peticionario deberá demostrar solvencia económica para respaldar su plan de trabajo e inversiones. También deberá sustentar solvencia técnica y tecnológica.
En cuanto a las solicitudes de concesión que fueron ingresadas hasta antes del cierre temporal del catastro minero (en enero de 2018), el instructivo determina que estas peticiones seguirán sustanciándose siguiendo la normativa vigente a la fecha.
Las otras dos etapas de apertura del catastro minero son:
- Segunda fase: en septiembre, para la pequeña minería metálica.
- Para los primeros meses de 2026 estará abierto todo el catastro minero.
Las autoridades han señalado que cada etapa tendrá su propio instructivo con el procedimiento a seguir. (I)