El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional aprobó tanto el protocolo de vuelos desde Quito y Guayaquil hacias las Islas Galápagos, como el protocolo de embarcaciones de transporte turístico marino – tour diario.

Por ello, ha determinado que mientras esté vigente la emergencia sanitaria las personas que ingresen a la provincia de Galápagos deberán cumplir con lo establecido en este protocolo según su categoría migratoria.

Los turistas no deberán hacer aislamiento obligatorio, pero deberán demostrar con una prueba que son negativos al coronavirus. Los turistas nacionales mostrarán el certificado de laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública de Ecuador.

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En el caso de residentes, todos están obligados a permanecer en aislamiento por 14 días.

El sector turístico estaba a la espera de este protocolo. Andrés Ordóñez, director de la Cámara de Turismo de Galápagos, explicó que se necesitaban los parámetros para la reapertura de vuelos, pues los viajes a las islas se planifican y si se tardaba más, la reactivación sería más lenta.

Latam, que había planificado catorce frecuencias para julio hacia Baltra, las había cancelado hace dos días.

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Jorge Rosillo, gerente del Aeropuerto Ecológico de Galápagos, cree que si bien ya salió el protocolo, la reactivación de vuelos no será inmediata. Hasta el viernes pasado no había aerolíneas con vuelos confirmados para julio.

En Baltra se registraban 50 frecuencias semanales. En julio proyectaba iniciar con un vuelo diario. (I)

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Turistas o transeúntes

  • Contar con el resultado negativo de una prueba de PCR en tiempo real de hisopado nasofaríngeo para detección de COVID-19, de máximo 96 horas previo al viaje contando desde la toma de muestra.
  • En el caso de turistas extranjeros que tengan resultados de laboratorios certificados de su país de origen dentro de los tiempos establecidos en este protocolo al momento del ingreso a las islas, podrán presentar ese documento como habilitante.
  • En el caso de turistas nacionales las pruebas de PCR en tiempo real deberán realizarse únicamente en los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública.
  • En el caso de turistas nacionales o extranjeros, contar con el salvoconducto para grupos organizados emitido por el Ministerio de Turismo, lo cual les exonera del cumplimiento de APO (aislamiento preventivo obligatorio) en las islas.
  • En el caso de transeúntes que registren su ingreso por más de 8 días de permanencia en la provincia, deberán proceder con la realización de un PCR en tiempo real de hisopadonasofaríngeo para detección de COVID-19.
  • El costo de la prueba PCR en tiempo real de hisopado nasofaríngeo para detección de COVID-19 correrá por cuenta del transeúnte.
  • Cubrir los gastos relacionados con la obtención de los requisitos emitidos en el presente protocolo para poder viajar.
  • Se exceptúa del Aislamiento Preventivo Obligatorio APO a estas categorías migratorias.

Residentes permanentes o temporales

  • Cumplir con los requisitos obligatorios para la calificación migratoria de Residente permanente o temporal en las islas Galápagos.
  • Contar con el resultado negativo de una prueba de PCR en tiempo real de hisopado nasofaríngeo para detección de COVID-19, de máximo 96 horas previo al viaje realizada en los laboratorios autorizados por el MSP.
  • Llenar y firmar el documento de obligatoriedad de APO que recibirá en el counter del CGREG en el aeropuerto de salida sea Quito o Guayaquil.
  • Entregar el documento de APO lleno y firmado al personal del Ministrio de Salud Pública que estará en la sala de arribo de los aeropuertos de San Cristóbal y Baltra.
  • Realizar 14 días de APO en un domicilio en donde no habite otra persona e identificar a una persona de contacto que abastezca sus necesidades básicas mientras dure el aislamiento.
  • Por necesidad institucional, el empleador podrá solicitar al COE Provincial una nueva toma de muestra para PCR en tiempo real de hisopado nasofaríngeo para detección de COVID-19 al cumplir 8 días de APO, y con el resultado negativo de esta prueba dar por culminado el APO. El costo de la prueba en mención correrá por cuenta del trabajador.

Con el reinicio de vuelos, también se aprobó el protocolo de embarcaciones de transporte turístico marino – tour diario para cuando se dé del reinicio de actividades turísticas, de acuerdo a estrictas normas de bioseguridad, que aconseja el uso de mascarilla de manera obligatoria, la toma de temperatura y el uso de gel en alcohol.

Los aeropuertos ecuatorianos exigen como norma de bioseguridad para volar la presentación de un examen negativo de COVID-19. (I)