El Sistema Contable del Financiamiento a la Política no entraría en funcionamiento en las elecciones presidenciales y legislativas del 2021.

Las reformas al Código de la Democracia crearon esta nueva modalidad tecnológica para que el Consejo Nacional Electoral (CNE) registre de manera obligatoria el Plan de Cuentas de las organizaciones y sujetos políticos.

El objetivo es efectuar el control del gasto, que se reportará en lapsos continuos de máximo quince días, hasta que finalice un proceso electoral, y así evitar la doble o múltiple contabilidad, la transitoria o temporal, según la reforma.

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Para su funcionamiento se debe crear un Sistema de Interconexión de Datos que permita recabar la información depositada en cualquier organismo público o privado, referente al financiamiento político; y en ella participarán entes estatales como el Sistema de Rentas Internas, la Unidad de Análisis Financiero y Económico, la Contraloría, la Fiscalía, el Tribunal Contencioso Electoral, además de las autoridades de regulación y control del sistema financiero.

Si bien este sistema debe estar listo dentro de los próximos 120 días (después de promulgada la ley), es decir, en junio próximo, en las transitorias se indica que su operación entrará en vigencia para las elecciones seccionales del 2023, sin perjuicio de las mejoras o actualizaciones que se implementen.

Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, recuerda que la obligación de transparentar las cuentas de campaña de las organizaciones políticas ya existía en la norma, pero no se aplicaba; y dice que el CNE en años anteriores negaba la información argumentando que son datos personales.

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Con estos cambios, él cree que se abre la viabilidad para la rendición de cuentas, y que la ciudadanía tenga acceso en tiempo real a conocer cómo se manejan los fondos públicos que se entregan a estas agrupaciones, a través del Fondo Partidario Permanente, o del Fondo de Promoción Electoral, este último que se asigna para la campaña electoral.

Indica también que las reformas determinan que los sujetos políticos no gozarán de sigilo bancario, por lo que pueden ser revisadas sus cuentas.

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La Fundación, según Alarcón, espera acompañar al CNE en la implementación de las normativas, e incluso presentarán un índice de transparencia de los recursos que se entreguen a los grupos políticos.

El analista Diego Tello exalta que los grupos políticos están en la obligación de informar en qué gastaron el dinero que se les entrega en campaña; con el sistema se podrá conocer origen, destino, montos, quiénes aportan “lo que es positivo y debe cumplirse”. Ese sistema “no es complicado adquirirlo. No es que se van a demorar muchos años, no se va a inventar el agua tibia, solo debe adaptarse al sistema electoral”. (I)

Serán sancionados con multas de 20 salarios básicos y la suspensión de sus derechos políticos de dos a cuatro años, sin perjuicio de la extinción de la organización política, los responsables económicos que no presenten los informes de cuentas. Mientras que los candidatos de los partidos y movimientos políticos responderán solidariamente de manera pecuniaria.

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Con 60 salarios básicos y la suspensión de derechos políticos de dos a cuatro años serán sancionados aquellos responsables económicos, o las organizaciones políticas, que inobserven la obligación relativa
a la monetización de las donaciones en especie, la bancarización de los aportes, y la prohibición de doble, múltiple y temporal contabilidad.

Serán sancionados también aquellos que incurran en gastos electorales que sobrepasen los montos máximos permitidos para la campaña electoral, con una multa equivalente al doble del total de los gastos realizados en exceso. Los candidatos responderán solidariamente.

Si el exceso supera el 30 % del total permitido, la multa será equivalente al cuádruple del total de los gastos electorales efectuados en exceso.

El responsable del manejo económico de la campaña electoral y el aportante serán sancionados con la suspensión de los derechos políticos o de participación de dos a cuatro años.

Al candidato –electo o no– se lo multará con el doble del aporte ilícito recibido. Perderá el cargo para el cual fue elegido si se comprueba que recibió dolosamente contribuciones ilícitas.

Los candidatos que hayan sido electos, cuyos procuradores comunes hayan presentado las cuentas adulteradas, perderán el cargo para el que fueron electos, además de las posibles acciones penales.

SANCIONES POR INFRACCIÓN GRAVE

EN CASO DE
APORTES ILÍCITOS