La Corte Constitucional (CC) falló a favor de que la Asamblea Nacional modifique en la Constitución las atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

La resolución se dio tras el pedido que hicieron los asambleístas Ximena Peña, Elizabeth Cabezas, Wilma Andrade, Eddy Peñafiel, Franco Romero y Fernando Burbano.

El juez constitucional Hernán Salgado emitió el miércoles la resolución que dispone al Parlamento aplicar lo establecido en el Artículo 441 de la Constitución, referente a la modificación de la Carta Magna "por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional".

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"Las modificaciones no alteran la estructura fundamental de la Constitución o el carácter y elementos constitutivos del Estado. De la misma manera, consideran que no se modifica el procedimiento de reforma de la Constitución ni se restringen derechos o garantías constitucionales", se asegura en la resolución.

La propuesta de los parlamentarios, entregada el pasado 4 de septiembre por el presidente de la Legislatura César Litardo está compuesta por 15 artículos, una disposición transitoria y una disposición final.

URGENTE @CorteConstEcu emitió un dictamen favorable de constitucionalidad para que la @AsambleaEcuador enmiende la Constitución y modifique las atribuciones del @CPCCS en la designación de autoridades de control. pic.twitter.com/4dA6YKXhpC vía @vicenteopi

¿Qué cambios se harían en la Constitución?

En caso de darse las enmiendas constitucionales, volvería al Parlamento la atribución de designar a las siguientes autoridades:

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- Integrantes del Consejo de la Judicatura

- Fiscal General del Estado

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- Defensor Público

- Presidente de la Función de Transparencia y Control Social

- Superintendentes y Procurador General del Estado

- Defensor del Pueblo

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- Contralor General del Estado

- Integrantes del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral

La resolución "plantea modificar los artículos 179, 192, 196, 205, 211, 213, 214, 222, 224 y 236 de la Constitución, relativos a la forma de designación de las autoridades" y también "los numerales 10, 11 y 12 del artículo 208 del texto supremo, que en la actualidad regulan la atribución de designación de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social".

La Asamblea también debería cambiar los artículos 208 numeral 9, 209 y 210; y 434, "relativo a la forma de designación de los integrantes de la Corte Constitucional". (I)

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