Alrededor de 2 millones y medio de contribuyentes se podrían beneficiar con la ley de Fomento Productivo que incluye, entre otros temas, el 100% de remisión de intereses, multas y recargos si se paga el total del capital.

Las obligaciones tributarias que se benefician con la remisión son: declaraciones no presentadas o mal presentadas, cuotas del Régimen Impositivo Simplificado (RISE) que es un régimen de inscripción voluntaria que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales, matriculación vehicular y deudas en proceso de cobro (suspendidas por impugnaciones administrativas o judiciales).

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No se acogen a remisión: obligaciones pendientes del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2017 y obligaciones vencidas después del 2 de abril de 2018.

Para acogerse a la remisión el contribuyente deberá pagar el capital adeudado y desistir de las impugnaciones administrativas y judiciales. Además el contribuyente no podrá iniciar acciones legales posteriores sobre las deudas canceladas bajo remisión.

Grupos beneficiarios

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Habrá dos grupos de beneficiarios de la remisión:

- Primer grupo, empresas cuyo promedio de ingresos brutos de los últimos tres años sea mayor a $5 millones o sujetos pasivos que mantengan impuestos retenidos percibidos y pendientes de pago al 2 de abril de 2018, que deben pagar la totalidad del capital.

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- Segundo grupo, aquellos no contemplados en el anterior grupo que podrán pagar la totalidad del capital o solicitar facilidades de pago (hasta dos años). (I)