Pareciera que el calendario siempre estuvo allí, sincronizado con la Tierra, pero no. Fue el papa Gregorio XIII quien en el año 1582 estableció para Europa el calendario que rige actualmente para la mayor parte del mundo.
Este calendario gregoriano está dividido en tres tipos de años: el año común de 365 días, el año bisiesto con 366 días y el año secular que es un año que cierra siglo.
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El calendario gregoriano entró en vigor de inmediato en la Europa católica y luego se fue extendiendo al resto de países. Las zonas protestantes no lo hicieron hasta 1700, Gran Bretaña hasta 1753, Japón en 1873 y la entonces Unión Soviética en 1918. Algunas iglesias ortodoxas aun se rigen bajo el calendario juliano.
Este calendario fue diseñado para corregir los errores introducidos por el calendario juliano, instaurado por Julio César en el año 46 a. C., que era otra versión del calendario egipcio, el primer calendario solar conocido.
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El juliano tenía un pequeño error, debido a que establecía la duración del año en 365 días y 6 horas, cuando en realidad era de 365 días, 5 horas, 48 minutos y 45 segundos. De esta manera, cada año la fecha oficial se atrasaba 11 minutos y 15 segundos respecto a la astronómica. La diferencia era mínima, pero acumuló un desfase de casi 10 días en los más de 1.600 años que estuvo vigente.
Fue el 4 de octubre de 1582 cuando entraron en vigencia los cambios para corregir el error. Para esto se pasó por alto los días 5 al 14 de ese mes y tras el anochecer del 4, los católicos europeos amanecieron en el 15 de octubre en el nuevo calendario gregoriano.
El portal La diferencia entre indica que una característica que determina este calendario gregoriano es que los años seculares divisibles entre 400 son bisiestos. No obstante, los años seculares no divisibles entre 400 no aplican para ser considerados para ser años bisiestos. Estas modificaciones tienen como objetivo adaptarse al año astronómico.
El calendario gregoriano contiene 26 segundos más que el año astronómico. Así se nota una diferencia a cada 3,323 años. Por ello, los años seculares 4000, 8000 y 16000 no serán bisiestos aunque sean múltiplos de 400.
La nueva norma de los años bisiestos se formuló del siguiente modo: la duración básica del año es de 365 días; pero serán bisiestos (es decir tendrán 366 días) aquellos años cuyas dos últimas cifras son divisibles por 4, exceptuando los múltiplos de 100 (1700, 1800, 1900..., que no serán bisiestos), de los que se exceptúan a su vez aquellos que también sean divisibles por 400 (1600, 2000, 2400..., que serán bisiestos).
Este sistema sigue rigiendo en la actualidad. Así, el año 2000 fue bisiesto, pero 2100 no lo será. (I)