En el proyecto de Ley de Descentralización que la Comisión Legislativa aprobará se dice que la finalidad de la descentralización es promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio nacional, a fin de alcanzar equidad interterritorial.
Este concepto de la descentralización ignora que la descentralización es planteada, generalmente, por regiones y pueblos que reivindican su derecho colectivo a la autodeterminación en contra del Estado centralista. Los movimientos autonómicos tienen como objetivo el desarrollo de sus regiones, no el desarrollo nacional. Pueden contribuir con otras regiones, pero ese no es su objetivo principal.
El concepto de equidad interterritorial presupone una instancia “nacional” –el Estado central, llamado Consejo Nacional de Competencias– que distribuye competencias a los mal llamados gobiernos autónomos y que tiene el derecho de vigilar el proceso de transferencia de competencias e intervenir (“excepcionalmente”, dice el texto del proyecto de ley) a aquellos gobiernos que no presenten niveles de desempeño adecuados.
Este diseño del proyecto de ley, no tiene nada que ver con un movimiento de los gobiernos regionales y municipales, que deberían ser entendidos como representaciones de movimientos sociales periféricos al centralismo, que pugnan por recuperar sus derechos colectivos de las manos de este último.
En la Constitución se establecieron competencias exclusivas y concurrentes.
El gobierno central se reservó como exclusivas algunas competencias muy importantes para el desarrollo de las regiones, como la política económica, tributaria, aduanera, arancelaria, fiscal, monetaria, comercio exterior y endeudamiento. Los gobiernos regionales quedaron maniatados. No tienen instrumentos de política económica para desarrollar la economía de su territorio, sino que dicha política se impone desde el gobierno central.
Además, este último también se reservó la competencia exclusiva en salud, educación y vivienda.
Pero como la Constitución señala que las competencias exclusivas del gobierno central pueden ser concurrentes con gobiernos autónomos, esperábamos que la Ley de Descentralización estableciera competencias concurrentes en estos ámbitos señalados. Esto no será así. El proyecto de ley define estos ámbitos como sectores no descentralizables. Los gobiernos regionales y municipales no podrán diseñar y ejecutar una política económica propia para el desarrollo de sus territorios. Esto equivale a desconocer la particularidad de los sistemas económicos regionales, y la cultura, valores e identificaciones de los sujetos sociales de dichos sistemas.
Por otro lado, la Constitución dejaba abierta la puerta para que los gobiernos autónomos pudieran tener competencias concurrentes con el gobierno central en salud, educación y vivienda. Esto podía fortalecer los gobiernos municipales y regionales, pues los mismos podían administrar estos servicios públicos, aunque las políticas nacionales las fijara el gobierno central.
De esta manera, en estos campos se podía establecer una nueva forma de cooperación entre el gobierno central y los gobiernos autónomos, que redundara en unos servicios públicos de mayor calidad para la ciudadanía.
Pero el proyecto de ley dice que el Consejo Nacional de Competencias –el Ojo Electrónico de la descentralización– transferirá competencias adicionales en salud, educación y otras (excluye vivienda) en un plazo máximo de ocho años.
De manera que cuando se apruebe la ley, no sabremos si se transferirán estas competencias concurrentes y en qué medida se lo hará. Pero no solo eso, sino que es importante advertir, una vez más, que en la redacción del proyecto de ley no se habla de los derechos de los pueblos y regiones a que se les transfieran esas competencias, sino que la transferencia aparece como una gracia del Estado central hacia sus súbditos.