Irónicamente se repiten las propuestas de campaña electoral en las provincias amazónicas que sueñan con tener universidades públicas.
Lamentablemente, no se cumple la Ley Orgánica de Planificación de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, conocida como “ley amazónica”, que en la disposición transitoria décima primera dice que la Función Ejecutiva y demás entidades del Estado competentes harán los trámites para la creación y funcionamiento de las universidades públicas autónomas en cada una de las provincias amazónicas, priorizando a Sucumbíos, Orellana, Morona Santiago y Zamora Chinchipe; y la creación de nuevas carreras. Las universidades públicas que se creen serán partícipes de la parte proporcional de las rentas que asigna el Estado a las universidades y escuelas politécnicas públicas. El consejo de planificación y desarrollo de la circunscripción territorial especial amazónica asignará un fondo semilla proveniente del fondo común para la consecución del objetivo. O sea, la ley ordena crear y hacer a funcionar universidades públicas en las provincias donde no existen estos centros de educación superior de tercer nivel. No de extensiones. Hasta tanto, miles de bachilleres deben migrar a otras ciudades del país para continuar sus estudios. Tampoco autoridades locales hacen cumplir la “ley amazónica” en su artículo 41: “Todas las personas naturales y jurídicas, las empresas públicas, privadas, mixtas y comunitarias, con capitales nacionales o extranjeros que realizan sus actividades en la jurisdicción de la circunscripción territorial amazónica, contratarán a residentes de la misma no menos del 70 %, para ejecución de sus actividades dentro de la circunscripción, con excepción de aquellas para las que no exista la mano de obra calificada requerida, en la misma”. ¿Quién le pone el cascabel al gato? (O)
Elio Roberto Ortega Icaza, abogado, Guayaquil