La aproximación a este tema implica un acercamiento al concepto del derecho, uno de los grandes tópicos jurídicos no necesariamente planteado como problema en la academia ecuatoriana que resuelve la cuestión, en la mayoría de los casos, definiendo mallas curriculares y contenidos desde lugares comunes no problematizados. El debate sobre lo que es el derecho no se da, sin embargo, se diseñan y aplican estructuras educativas para estudiarlo. Esta es una práctica errónea. Es necesario que las escuelas de derecho tengan un espacio permanente de debate sobre este fundamental aspecto, pues ahí se plantearían preguntas y propondrían respuestas que deberían ser la base de toda planificación y acción educativa.

Los más importantes juristas de la historia han abordado el tema del concepto del derecho. En la antigüedad lo hicieron los romanos Ulpiano y Justiniano, en la Edad Moderna Grocio y Montesquieu, en el siglo XIX Von Ihering, en los siglos XX y XXI Kelsen, Hart, Bobbio y Alexy, entre otros. Nosotros nunca lo hemos considerado como relevante y en consecuencia la relación con esa temática ha sido prácticamente soslayada, situación que produce gran fragilidad en todos los ámbitos y momentos del derecho como en los de su creación, interpretación y aplicación.

Lo que ha determinado el estudio del derecho en Ecuador no es su naturaleza, sino una de sus clasificaciones, la de las ramas del derecho, que permite aproximaciones a contenidos legales especializados que son tradicionalmente aprendidos y repetidos. Por la ausencia de debate sobre el concepto del derecho, también se nos escapa el estudio de la teoría de la norma que permitiría que la argumentación en derecho, además del texto legal, se fundamente en elementos técnicos como categorías, dogmas y ficciones, siempre desde la especificidad del razonamiento jurídico. Los aspectos sociales y filosóficos son relativa y someramente estudiados. Lo dicho hasta aquí se desprende del concepto del derecho que defiende su naturaleza tridimensional cuando afirma que es la unidad indisoluble de la norma, el hecho y el valor, y que en consecuencia, su estudio debería tocar cada uno de esos elementos con mayor o menor intensidad, dependiendo de los objetivos e intereses que se prioricen.

Las exigencias prácticas del ejercicio profesional de los abogados enfatizan el estudio de uno de los tres elementos del concepto del derecho planteado en esta columna, siendo necesario de todas maneras abordarlos conjuntamente si queremos una mejor aproximación a la justicia. Los abogados que trabajan en el espacio del derecho privado utilizan esencialmente leyes y se fundamentan en una dogmática que reivindica su casi exclusividad. Quienes ejercen en ramas sociales y humanistas requieren estudiar con mayor profundidad los hechos sociales desde un análisis filosófico. Los juristas y profesores cuando cumplen su formación de cuarto nivel evidencian que el derecho no es únicamente la ley, que el estudio de la teoría de la norma, el conocimiento académico del hecho social, así como su propia y consciente relación personal con la realidad son también indispensables, y que el enfoque filosófico y la apropiación individual de los principios y valores jurídicos, como el bien común y la justicia, permiten comprender su esencial naturaleza de fundamentos y objetivos del derecho.

(O)