Nuestro invitado

La idea de que emprender en Ecuador es un verdadero dolor de cabeza se ha venido sosteniendo por parte de quienes han intentado realizar algún tipo de emprendimiento. Más allá de ciertos problemas evidentes como la rigidez laboral y la alta carga impositiva a la que se ven sometidas las empresas, se debe añadir otro problema que se refiere a todo el proceso de constitución de una compañía en Ecuador. Por citar un ejemplo: si el día de mañana un inversor de Nueva Zelanda, país líder en emprendimiento donde se puede constituir una empresa en un día de forma gratuita y electrónica, decide invertir en nuestro país, se va a topar con distintos problemas relacionados con los costos, el tiempo y la insoportable tramitología que caracteriza a las instituciones públicas. Esta coyuntura seguramente desmotivará al posible inversionista, quien buscará mercados más atractivos con su iniciativa.

Afortunadamente, se han dado pasos positivos durante los últimos años para agilizar el proceso relativo a la constitución de las compañías al punto de que en la actualidad se puede realizar dicho proceso de manera electrónica. Sin embargo, según el informe Doing Business 2019 del Banco Mundial, para abrir un negocio en nuestro país hay que realizar 11 trámites que toman un tiempo estimado de 48,5 días; el mismo proceso en Colombia demora 11 días mientras que en Chile solo toma 6 días y en ambos países los costos también son inferiores. Siendo Ecuador líder en América Latina en el índice de Actividad Emprendedora Temprana (según un Informe del Global Entrepreneurship Monitor), una posible explicación a la falta de éxito de estos emprendimientos tal vez se deba, entre otros factores, a la ausencia de un marco amigable con el emprendedor.

Por esa razón, considero valiosa la propuesta del proyecto de Ley de Emprendimiento e Innovación de incluir una reforma a la actual Ley de Compañías en la cual se incluya un nuevo tipo de sociedad, las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). La incorporación de este nuevo tipo societario se debe, probablemente, al éxito rotundo que ha tenido en Colombia, país en el cual el 97% de las sociedades que se constituyen en la actualidad son SAS.

¿Qué es lo que diferencia a las SAS de las tradicionales Sociedades Anónimas o de Responsabilidad Limitada? Básicamente la mayor flexibilidad que las SAS otorgan a sus socios y el papel preponderante de la autonomía de la voluntad sobre las normas imperativas que integran el derecho societario. Así, por ejemplo, la constitución de una SAS se puede realizar por instrumento privado, lo cual implica un ahorro considerable en costo y tiempo; son unipersonales, permiten establecer un objeto social indeterminado, incluyen diversas modalidades de acciones, ofrecen mayor libertad estatutaria y de organización, etc. La única desventaja de las SAS es que no pueden cotizar en bolsa, razón por la cual se ha sugerido que no es una figura atractiva para determinadas grandes empresas.

Teniendo presente que la incorporación de las SAS es considerado en Colombia como el evento más significativo del derecho societario de las últimas décadas, esperemos que en Ecuador se faciliten las condiciones para su creación, y que también se realicen otras reformas de fondo, como las del anacrónico Código del Trabajo. Solo así habremos dado pasos efectivos para que emprender sea más sencillo en Ecuador. (O)