Dos hombres son investigados por Fiscalía por el homicidio de un joven de 21 años ocurrido en el nororiente de Quito.

Esa institución informó que Segundo Arcesio R. R. y Andrés Vidal E. R. fueron procesados en una audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, en la que se expusieron los elementos de convicción necesarios para iniciar el proceso penal en su contra.

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El informe de autopsia confirmó que la víctima murió a causa de una herida de arma blanca que le provocaron en el pecho. También se citó el acta de levantamiento de cadáver, la denuncia del padre del joven, versiones de testigos presenciales y de los agentes aprehensores. Asimismo, se presentó la cadena de custodia del arma blanca que se recuperó en la escena del crimen, informó la entidad.

Decisión judicial sobre prisión preventiva

Con base en dichos elementos, la fiscal de la Unidad de Investigación de Delitos Flagrantes de turno fundamentó su pedido de prisión preventiva para los dos implicados.

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Sin embargo, la jueza de Garantías Penales ordenó dicha medida cautelar únicamente para Andrés Vidal E. R. Respecto al otro sospechoso, dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.

Detalles del crimen y aprehensión

Sobre los hechos, la teoría del caso de Fiscalía explicó que el crimen del joven ocurrió en medio de una riña registrada la noche del 26 de abril de 2026, en el sector San Carlos de la parroquia de Yaruquí, en la que habrían participado los procesados.

Ellos fueron aprehendidos la madrugada del día siguiente, gracias a la colaboración de dos testigos presenciales, quienes informaron a la Policía sobre la ubicación de los sospechosos, mencionó.

La búsqueda se ejecutó en el sector de Oyambarillo. El primero en ser aprehendido fue Segundo Arcesio R. R.; luego, Andrés Vidal E. R. Según el parte policial, este último estaba escondido debajo de unos plásticos, en una fábrica de bloques.

La instrucción fiscal en esta causa tiene un plazo de treinta días.

Marco legal del homicidio

El delito de homicidio está tipificado y sancionado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena privativa de la libertad de diez a trece años, indicó Fiscalía. (I)