Un nuevo tropiezo tuvo la defensa legal del ecuatoriano Luis Gonzalo H. Ch. en su intento por frenar su extradición a Estados Unidos.

El ecuatoriano se encuentra detenido en Ecuador a la espera de su extradición pasiva, que sería de las primeras en ejecutarse por un delito diferente al que fue enviado Adolfo Macías, alias Fito.

Al ecuatoriano lo requiere un tribunal de distrito del condado de Hennepin, en Minneapolis, para ser juzgado por el cargo de “conducta sexual delictiva en primer grado – penetración o contacto con menor de 14 años, Acto 36m mayor”.

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Este ecuatoriano fue detenido en febrero pasado en el municipio de Macas, provincia de Morona Santiago.

La Policía le seguía la pista luego de que, en enero pasado, la directora de Asistencia Judicial Internacional y Movilidad Humana, subrogante del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, notificó una nota diplomática proveniente de la Embajada de Estados Unidos, en la que se requería la extradición.

Los recursos interpuestos en la Corte

El ecuatoriano ha interpuesto recursos para intentar detener su envío a Estados Unidos.

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Un Tribunal de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, mediante sentencia del 4 de agosto de 2025, resolvió declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano.

Tras esa decisión, el ecuatoriano interpuso otro recurso horizontal de ampliación y aclaración, mediante escrito ingresado en la Corte Nacional de Justicia el 7 de agosto de 2025. Con respecto a ese pedido, la Corte resolvió el recurso.

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Su pedido se basa en la falta de una garantía expresa de que no será condenado a cadena perpetua, pues argumenta que la legislación de Minnesota contempla esa posibilidad incluso en etapas tempranas de investigación penal.

Además, la defensa legal señala que el documento de garantía diplomática carece de firma de responsabilidad, lo que, según la defensa, pone en duda su validez jurídica.

El recurso también cuestiona que el tribunal haya omitido analizar comparativamente el caso de alias Fito, donde sí se exigió al Estado requirente una garantía de no imposición de prisión perpetua. Para la defensa, la diferencia en los estándares aplicados compromete el principio de igualdad.

Asimismo, advierte que el tribunal no valoró precedentes en los que se exigieron documentos debidamente firmados y sellados, lo que en su criterio afecta el debido proceso y los compromisos internacionales del Ecuador en materia de derechos humanos.

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Decisión del tribunal

El tribunal sostiene que la sentencia ya resolvió todos los puntos en debate y que las garantías diplomáticas de Estados Unidos cumplen con los requisitos de la Ley de Extradición, pues incluyen firma, sello y traducción oficial.

Para los jueces, lo planteado por este ecuatoriano no es una solicitud de aclaración, sino un intento de reabrir el fondo del proceso y revertir la decisión. En ese sentido, la Sala considera que no existe nada que ampliar o aclarar y que el recurso debe ser declarado improcedente.

El infrascrito Tribunal niega la solicitud de aclaración y ampliación de la sentencia del 4 de agosto de 2025, a las 10:45, porque la misma es clara e inteligible, además de que ha resuelto todos los puntos y tópicos controvertidos que se pusieron en su consideración”, indicó la Corte, que notificó su decisión el 5 de septiembre. (I)